Som Energia me cobra una penalización por irme: ¿es legal?

Te marchas a otra comercializadora desde tu piso de Palma y, tres semanas después, Som Energia te pasa un cargo de 40 € como «baja anticipada». Esperabas cualquier cosa menos eso, porque la cooperativa presume de no atar a nadie. Si tu contrato es el de un hogar, ese cargo tiene muy mala pinta.

Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.

TU COMPAÑÍA DE LUZ Y GAS · FACTURAOCT
Término de potencia18,40 €
Energía · LECTURA ESTIMADA148,32 €
Servicio de mantenimiento9,99 €
Alquiler del contador0,81 €
Impuesto eléctrico7,60 €
TOTAL221,17 €
COBRADO DE MÁS
Ilustración de ejemplo

Cuánto puedes recuperar

Lo cobrado como penalización, entero o en lo que exceda el límite.

  • Hogar con tarifa 2.0TD, persona física: sin penalización, salvo precio fijo antes de la primera prórroga anual. En la tarifa de Som Energia el contrato se prorroga por trimestres, así que ese supuesto casi no encaja. Los 40 € se reclaman íntegros.
  • Si hubiera una penalización lícita: el tope es el 5 % de la energía estimada que quedara por suministrar. Con 600 kWh pendientes a 0,15 €/kWh (90 €), serían 4,50 €. Si te cobraron 40 €, sobran 35,50 €.

La comercializadora debe probar la pérdida económica real. Sin esa prueba, no hay cargo.

Cuándo sí y cuándo no

Reclamar tiene sentido si el recibo no estaba previsto en tus condiciones particulares, si lo etiquetan como «gastos de gestión», «tasa de baja» u otro nombre, o si supera el tope.

Es más difícil si tu suministro es de empresa o de autónomo con otra tarifa de acceso y pactaste algo diferente por escrito, o si estás confundiendo una penalización con otro concepto: la facturación del consumo hasta tu baja efectiva sí se debe.

Lo que tienes que saber de Som Energia

La cláusula 3.5 de las condiciones generales de Som Energia es la mejor aliada de este caso: «no hay permanencia mínima» y puedes resolver en cualquier momento por los canales de atención, sin penalización. Mientras que otras comercializadoras tienen que justificar el cálculo, aquí la pregunta es más directa: ¿en qué cláusula de mi contrato figura este cargo? Si no existe, el cobro carece de apoyo.

Hay confusiones habituales que conviene despejar. Primera: la baja no es inmediata. Se pide a la comercializadora, que la tramita con la distribuidora, y pagas el consumo hasta la fecha de baja efectiva (cláusula 6). Segunda: si te hiciste socia, la aportación de 100 euros no es una penalización ni una cuota; se recupera al darte de baja como socia avisando por escrito, según su web. Tercera: si tienes deudas pendientes, las condiciones (cláusula 12.4) permiten usar esa aportación al capital como medida transitoria, así que no la confundas con un descuento.

Por último, el reglamento de 2026 exige que el contrato refleje con claridad cualquier posible penalización, y que el documento resumen la recoja. Pídelo.

Qué necesitas para reclamar

Dos documentos:

  1. El recibo o la factura final con el cargo y su concepto.
  2. Tus condiciones particulares o el documento resumen. Si no los tienes, los pedimos.

Apunta cuándo pediste la baja. Somos una empresa privada. Si lo prefieres, puedes reclamar tú por tu cuenta, sin pagar.

Si prefieres reclamarlo tú

  1. Escribe a Som Energia pidiendo la devolución y que indique la cláusula en la que consta el cargo. Guarda la referencia.
  2. Si la respuesta no llega en 15 días hábiles o no te convence, solicita el arbitraje a la Junta de tu comunidad. También puedes consultar a tu OMIC.
  3. Si sigues sin solución, puedes ir al juzgado, donde hasta 2.000 € no hacen falta abogado ni procurador, con el intento previo de acuerdo ya hecho.

El plazo es de 5 años desde el pago. Si aún no has pagado, no devuelvas el recibo sin reclamar antes por escrito. Mira también los cobros después de la baja y Reclamar a Som Energia.

Preguntas frecuentes

¿De verdad no tienen permanencia?

Sus condiciones generales de luz dicen que no hay permanencia mínima. Si tu contrato particular dijera otra cosa, pídelo por escrito.

Me cobraron por cambiar de potencia.

Eso es otro concepto, normalmente un trámite de la distribuidora. Pide el desglose para saber a quién corresponde.

Mandé la baja y me siguen facturando.

Puede que no se activara aún. Hasta la baja efectiva sí se debe el consumo. Después, no.

¿Qué pasa con mi aportación de 100 euros?

No es una penalización. Se recupera al darte de baja como socia, avisando por escrito.

Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.

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