TotalEnergies me cobra una penalización por irme: ¿es legal?

Te cambias de compañía en Córdoba y, al mes, TotalEnergies te pasa un cargo de 38,70 € con el concepto «baja anticipada». Dudas si te lo pueden pedir. Su propia web dice que no hay permanencia ni penalización por cambiar de plan o de compañía, así que el cargo merece una reclamación.

Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.

TU COMPAÑÍA DE LUZ Y GAS · FACTURAOCT
Término de potencia18,40 €
Energía · LECTURA ESTIMADA148,32 €
Servicio de mantenimiento9,99 €
Alquiler del contador0,81 €
Impuesto eléctrico7,60 €
TOTAL221,17 €
COBRADO DE MÁS
Ilustración de ejemplo

Cuánto puedes recuperar

El importe de la penalización, completo o en la parte que supere lo permitido.

  • Luz, tarifa 2.0TD y persona física: puedes rescindir en cualquier momento sin penalización, salvo en contratos de precio fijo antes de su primera prórroga anual. Si no era de precio fijo, los 38,70 € se reclaman enteros.
  • Luz, precio fijo y antes de la primera prórroga: la penalización no puede pasar del 5 % de la energía estimada pendiente de suministro, y es la compañía quien debe demostrar su pérdida. Ejemplo: quedaban 640 kWh a 0,131 € (83,84 €). El 5 % son 4,19 €; te sobrarían 34,51 €.
  • Gas: para consumidores con derecho a la tarifa de último recurso, el Real Decreto 1434/2002 limita la penalización al 5 % de la facturación prevista del término de energía si rescindes antes de la primera prórroga. Después, puedes irte avisando con 15 días y sin cargo.

Cuándo sí y cuándo no

Puedes reclamar si la tarifa no era de precio fijo, si te cobran más del 5 %, si el documento resumen no mencionaba ninguna penalización o si la camuflan como «gastos de gestión» o «coste de baja».

Es más difícil si eres autónomo o empresa con otra tarifa de acceso, o si tu contrato de precio fijo se rescinde antes de cumplir el año y el cargo respeta el tope.

No confundas la penalización con la pérdida de un descuento. TotalEnergies advierte de que dar de baja el servicio FACILITA o una de las energías puede cambiar los descuentos de la factura. Eso no es una penalización, aunque a veces se vea como un recargo. Revisa las Condiciones Específicas en tu Área de cliente («Tus Contratos») y compara.

Lo que tienes que saber de TotalEnergies

En el apartado de su web dedicado a la permanencia, la empresa afirma que no hay permanencia ni penalización por cambiar de plan o de compañía. Es una declaración útil: si el cargo contradice lo que publicaron cuando contrataste, tu reclamación gana peso. Guarda una captura de esa página con la fecha.

Antes de reclamar, pide el desglose del cargo: concepto, base de cálculo y periodo. Con el reglamento de la luz en la mano, es la compañía quien carga con la prueba del daño económico directo. Y por la vía arbitral, TotalEnergies indica que el laudo se dicta en 6 meses y que antes hay que haber reclamado a su servicio de atención al cliente.

Qué necesitas para reclamar

Dos fotos o documentos:

  1. El cargo: factura final o extracto con el concepto exacto y la fecha.
  2. El contrato o el documento resumen, para ver qué tipo de precio tenías y si hablaba de penalización. Si no lo tienes, lo pedimos.

Anota cuándo pediste la baja.

Si prefieres reclamarlo tú

  1. Escribe a TotalEnergies pidiendo la devolución del cargo, citando su propia política y, en luz, el límite del 5 %. Anota la referencia.
  2. Si en un mes no hay respuesta, pide el arbitraje de consumo o acude al organismo de consumo de tu comunidad. La OMIC te orienta gratis.
  3. Hasta 2.000 € se reclama en el juzgado sin abogado ni procurador, tras el intento de acuerdo por escrito.

Plazo: 5 años desde el pago. Si además te siguen facturando, mira cobros tras la baja y Reclamar a TotalEnergies.

Preguntas frecuentes

Pagué el cargo para evitar problemas. ¿Puedo recuperarlo?

Sí, mientras no hayan pasado 5 años. Aporta el contrato y el justificante del pago.

Mi oferta incluía un regalo de bienvenida.

Si el contrato decía de forma clara que debías devolverlo al irte antes de cierto plazo y la cantidad es proporcionada, puede aplicarse. Si no constaba, no.

¿El tope del 5 % vale para todo?

Es el máximo en luz de precio fijo antes de la primera prórroga, y en gas para quien puede acogerse a la tarifa de último recurso. Fuera de eso, importa lo pactado.

¿Y si el contrato es de una empresa?

Rige lo acordado entre las partes en electricidad. Aun así, una cláusula desproporcionada se puede discutir.

Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.

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