Factor Energía me cobra una penalización por irme: ¿es legal?
Te cambias de compañía en Huesca y, a las pocas semanas, Factor Energía te pasa un cargo de 33,60 € por «rescisión anticipada». No recuerdas que tu contrato mencionara nada parecido. La respuesta corta: solo se puede cobrar en un supuesto concreto y con un límite.
Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.
Cuánto puedes recuperar
El importe del cargo, entero o la parte que exceda de lo permitido.
- Luz, 2.0TD, persona física: puedes irte en cualquier momento sin penalización, salvo que el contrato sea de precio fijo y no haya llegado la primera prórroga anual. Si no era tu caso, se reclaman los 33,60 € enteros.
- Luz, precio fijo antes de la primera prórroga: la penalización no puede pasar del 5 % de la energía estimada pendiente de suministro, y la compañía debe acreditar su pérdida. Ejemplo: quedaban 4 meses con 700 kWh estimados a 0,137 € (95,90 €). El 5 % son 4,80 €, y te sobrarían 28,80 €.
- Gas: para quienes pueden acogerse a la tarifa de último recurso, el Real Decreto 1434/2002 pone el mismo tope del 5 % si rescindes antes de la primera prórroga. Después, puedes irte con 15 días de preaviso y sin cargo.
Cuándo sí y cuándo no
Puedes reclamar si el contrato no era de precio fijo, si el cargo pasa del 5 %, si el documento resumen no hablaba de penalización o si lo cobran con otro nombre, como «gastos de baja».
Es más difícil si eres autónomo o empresa con otra tarifa de acceso, o si tu precio fijo se rescinde antes del año y el cargo respeta el tope.
Lo que tienes que saber de Factor Energía
En su decisión de febrero de 2026, la CNMC apuntó que las rescisiones anticipadas de contratos de Factor Energía eran muy superiores a la media del sector. No convierte tu cargo en ilegal por sí mismo, pero explica por qué la información al contratar es el punto débil: si no te explicaron la penalización por teléfono ni la recoge el documento resumen, el cargo es discutible.
Factor vende a empresas desde 1999 y hoy también a hogares, y la diferencia importa mucho aquí. Si tu contrato es de un hogar con tarifa 2.0TD, la regla de «sin penalización salvo precio fijo» te protege. Si es de un negocio, se atiende a lo pactado entre las partes, aunque una cláusula desproporcionada puede discutirse.
Pide a Factor por escrito el desglose del cargo (concepto, base de cálculo y periodo) y la cláusula en que se apoya. Usa el servicio de atención al cliente: por correo electrónico, por correo postal en Madrid o Barcelona, por teléfono gratuito o por la app, en «Gestiones» y «Reclamaciones». Si no lo resuelve, la propia compañía remite, para temas de facturación y contratos, al órgano de energía de tu comunidad.
Qué necesitas para reclamar
Dos fotos o documentos:
- El cargo: factura final o extracto con el concepto y la fecha.
- El contrato o el documento resumen donde se vea si el precio era fijo y cuánto duraba. Si no lo tienes, lo pedimos.
Anota cuándo pediste la baja.
Si prefieres reclamarlo tú
- Escribe a Factor pidiendo la devolución del cargo, con la cláusula que alegan y, en luz, el límite del 5 %. Anota la referencia.
- Sin respuesta en 15 días hábiles, reclama al órgano de energía de tu comunidad o pide el arbitraje de consumo. La OMIC te orienta gratis.
- El juicio verbal de hasta 2.000 € se hace sin abogado ni procurador, tras el intento de acuerdo por escrito.
Plazo: 5 años desde el pago. Si te siguen cobrando tras irte, mira cobros tras la baja y Reclamar a Factor Energía.
Preguntas frecuentes
Pagué el cargo por no complicarme. ¿Puedo recuperarlo?
Sí, mientras no pasen 5 años. Aporta el contrato y el justificante del pago.
Me aseguraron por teléfono que no había permanencia.
Pide la grabación. Si dijeron eso y luego te cobran, la oferta forma parte del contrato.
¿El tope del 5 % vale para todos?
Es el máximo en luz de precio fijo antes de la primera prórroga y en gas para quien puede acogerse a la tarifa de último recurso. Fuera de eso, importa lo pactado.
¿Y si me cobran por irme y además me siguen facturando?
Son dos reclamaciones distintas: el cargo por irte y los recibos tras la baja. Se pueden presentar en el mismo escrito.
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