Alquiler Seguro me cobró honorarios por el alquiler: cómo pedir la devolución

Firmaste tu contrato de alquiler en Madrid y, junto a la fianza, te cobraron un «servicio de atención al inquilino» y una cuota anual. No lo habías pedido: era un paso más del proceso. Como inquilino, te preguntas si ese dinero era obligatorio. Con esta empresa, es una pregunta muy bien fundada.

Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTOVIVIENDA

SEXTA. Fianza. El arrendatario entrega en este acto la cantidad de 850 € en concepto de fianza legal, equivalente a una mensualidad de renta, que le será devuelta a la finalización del contrato…

SÉPTIMA. Gastos de gestión inmobiliaria y de formalización…

En ……………, a … de ……… de 20…

NO DEVUELTA
Ilustración de ejemplo

Cuánto puedes recuperar

Lo que te cobraron por los servicios ligados a conseguir y firmar el alquiler, más IVA. Un ejemplo con una renta de 1.050 € al mes:

ConceptoImporte
Servicio de atención al inquilino: una mensualidad1.050,00 €
IVA del 21 %220,50 €
Total cobrado1.270,50 €

La cifra de una «mensualidad más IVA» es la que se denunció públicamente en 2023 como cobro habitual a inquilinos. Tu importe puede ser otro: se calcula con lo que pone tu factura. Si además te cobraron una cuota anual de mantenimiento o primas de un seguro que te impusieron, se suman.

La fianza (un mes) y las garantías adicionales son aparte: mira garantías adicionales si te pidieron más de lo permitido.

Cuándo sí y cuándo no

Desde la Ley 12/2023 (26 de mayo de 2023), el artículo 20 de la LAU pone a cargo del propietario los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato. El decreto-ley de octubre de 2026 (RDL 29/2026) añade que no se pueden repercutir al inquilino «ni directa ni indirectamente, bajo ningún concepto o denominación», que los servicios no esenciales solo van contigo si los pediste expresamente por escrito sabiendo su coste y que eran opcionales, y que no puede exigirse un seguro de impago. Es una reforma que el Congreso tiene que convalidar; si no, vuelve la redacción anterior. Compruébalo en el BOE.

Hay argumentos cuando:

  • el servicio apareció en el proceso como un paso necesario para firmar;
  • te obligaron a contratar un seguro o un servicio «de atención»;
  • el cobro no tiene relación con algo que pidieras tú.

Es más complicado cuando:

  • elegiste el servicio expresamente, con su precio, y puedes demostrar que era voluntario;
  • el contrato es anterior al 26/05/2023 (más discutido: cuéntanos tu caso).

Lo que tienes que saber de Alquiler Seguro

La empresa es Alquiler Seguro, S.A.U. (Madrid). El Ministerio de Consumo la sancionó por prácticas como imponer de hecho un servicio de atención al inquilino y un seguro de hogar, según la prensa; la empresa dice que sus servicios son voluntarios y que cumple la ley. Las fuentes consultadas no aclaran si la sanción es firme.

Su web publica las condiciones de los servicios del inquilino. Describe que el servicio de atención al inquilino se paga una vez firmado el contrato, y que puedes desistir del contrato de servicio en 14 días desde su fecha, escribiendo a sai@alquilerseguro.es. Si estás en plazo, usa esta vía y guarda el justificante. Si el plazo ha pasado, no impide reclamar con base en la ley.

Atención al cliente: 910 775 775 e info@alquilerseguro.es. En su aviso legal no hay hoja de reclamaciones, defensor del cliente ni arbitraje de consumo: de esos extremos, no consta. Pídela en la oficina; es obligatoria.

Qué necesitas para reclamar

Dos fotos:

  1. El documento: el contrato de servicios del inquilino o la factura donde se vea el concepto y el importe.
  2. La prueba del pago y de que era parte del proceso (mensaje, captura de la web, correo con los pasos).

Añade la fecha de tu contrato y si te dijeron en algún momento que podías no contratar el servicio.

Si prefieres reclamarlo tú

  1. Escribe a Alquiler Seguro (correo y carta) con el importe de tu factura y la base legal. Una carta de reclamación clara basta.
  2. Rellena la hoja de reclamaciones; en Madrid, así se entrega.
  3. Acude a la OMIC o a consumo de tu comunidad, o a la Junta Arbitral de Consumo si la empresa la acepta.
  4. Si no responde, burofax con plazo.
  5. Hasta 2.000 €, juicio verbal sin abogado ni procurador; antes, deja el intento de acuerdo por escrito.

Preguntas frecuentes

Firmé un contrato de servicios con mi nombre. ¿Pierdo el derecho a reclamar?

No por eso. Si el servicio era en la práctica una condición para alquilar, lo firmado no te impide pedir la devolución. Se mira cómo se presentó.

¿Y la cuota anual de mantenimiento?

Se reclama con el resto si va ligada al mismo servicio. Revisa en el contrato si podías darte de baja.

¿Qué pasa si sigo viviendo en el piso?

Nada cambia: puedes reclamar sin dejar la vivienda. Tu contrato de alquiler y lo cobrado por la agencia son dos asuntos distintos.

¿Cuenta el seguro de hogar que me ofrecieron?

Si te lo exigieron para alquilar, sí. Un seguro contratado por ti libremente con quien tú elegiste, no.

Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.

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