La academia cerró y sigo pagando el préstamo

Te apuntaste a un curso, pagaste con un préstamo en cuotas, y un día la academia cierra: la puerta con un cartel, el teléfono sin respuesta, el campus que no abre. Pero el recibo del banco sigue llegando cada mes. Es injusto, y la ley tiene una respuesta para esto.

Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.

RECIBO DOMICILIADONOV
ConceptoCuota del curso
Importe39,90 €
Fecha de cargo01/11
Baja solicitada15/09
COBRADO TRAS LA BAJA
Ilustración de ejemplo

Cuánto te puede corresponder

Piensa en dos cifras: lo que ya pagaste por un servicio que no recibiste y lo que te queda por pagar.

Ejemplo: un curso de 12 meses por 2.400 €, financiado en 24 cuotas de 100 €. La academia cierra al terminar el mes 5. Has pagado 10 cuotas (1.000 €). Del curso, has recibido 5 meses, que valen 2.400 € ÷ 12 × 5 = 1.000 €. Lo pagado equivale a lo recibido, así que no hay nada que devolver. Pero te quedan 14 cuotas (1.400 €) que corresponden a 7 meses de un servicio que ya no existe. Eso es lo que no deberías seguir pagando.

Si pagaste por adelantado o hiciste una entrada grande, puede haber también una parte pagada de más. Entonces se reclama lo pagado por el tramo no prestado.

La regla que te protege: el crédito vinculado

La Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo llama crédito vinculado al que sirve exclusivamente para financiar un servicio concreto, cuando ambos contratos forman una unidad comercial desde un punto de vista objetivo (art. 29.1). Mira si el préstamo lo propuso la academia, si lo firmaste en el mismo acto que la matrícula y si el dinero fue directo a ella.

Cuando el crédito es vinculado, puedes ejercer frente a la financiera los mismos derechos que frente a la academia, si se dan dos condiciones (art. 29.3):

  1. Que el servicio no se haya prestado, en todo o en parte, o no sea conforme con lo pactado.
  2. Que hayas reclamado a la academia, judicial o extrajudicialmente, y no hayas obtenido satisfacción.

Además, la ineficacia del contrato de consumo determina la del crédito que lo financia (art. 26.2). Y si desististe del curso a tiempo, quedas sin obligación con el préstamo y sin penalización (art. 29.2).

Qué hacer, en este orden

  1. Reúne los papeles. Contrato de matrícula, contrato de préstamo, recibos y cualquier mensaje que muestre el cierre.
  2. Reclama a la academia por escrito, aunque esté cerrada: burofax al domicilio del contrato o al que figure en el Registro Mercantil. Es el requisito del art. 29.3. Guarda el acuse o el intento fallido.
  3. Escribe a la financiera. Dirígete a su servicio de atención al cliente, cuenta el cierre, cita el crédito vinculado y pide que suspenda los cobros. La entidad tiene 1 mes para responder (Ley 44/2002, art. 30).
  4. No dejes de pagar a ciegas. Comunícalo primero. Dejar de pagar sin aviso puede acabar en una reclamación por impago o en un fichero de morosos; con la reclamación enviada y la prueba de que la academia cerró, tu posición es mucho más sólida.
  5. Si la academia está en concurso de acreedores, comprueba el aviso en el Registro Público Concursal. Tus créditos por lo pagado de más se comunican a la administración concursal en el plazo que indique el aviso. Eso no te quita la vía contra la financiera.
  6. Si la financiera no responde o dice que no, y es una entidad supervisada por el Banco de España, puedes presentar una reclamación a Banco de España, después de haber acudido a su servicio de atención al cliente.

Cuándo sí y cuándo no

Hay más opciones si el crédito consta como destinado a ese curso, si te lo ofrecieron en la propia academia, si el cierre es definitivo y si lo documentaste.

Es más difícil si pediste un préstamo personal por tu cuenta, sin relación con la academia, o si pagaste con tarjeta o recibos mensuales a la propia academia (en ese caso no hay financiera a la que oponer nada, y lo que pagaste se reclama a la academia o a su administración concursal).

También cambia si es una franquicia. En Wall Street English, la web de la marca dice que las franquicias son de propiedad y gestión independientes; en Kumon, la política de privacidad habla de franquicia. En esos casos, el que firmó contigo y cobró es el centro, y a él va la reclamación previa. Tienes más detalle en Wall Street English y en Kumon.

Qué necesitas para reclamar

Con dos fotos empezamos: el contrato de matrícula con el préstamo (o la hoja donde aparece la financiera) y la prueba del cierre o de que no se presta (una foto del local cerrado, el mensaje, el correo rebotado). Dinos cuántas cuotas has pagado y cuántas quedan.

Si prefieres reclamarlo tú

Es gratis y puedes hacerlo sin nosotros:

  1. Burofax a la academia y reclamación a la financiera, como arriba.
  2. Si nadie arregla nada, OMIC o consumo de tu comunidad, y hoja de reclamaciones si hay un local abierto.
  3. Antes de ir al juzgado, intento de acuerdo previo. Hasta 2.000 €, juicio verbal sin abogado ni procurador. Tienes 5 años desde que puedes reclamar (art. 1964 del Código Civil).

Empresas del sector

Si tu caso es con una academia concreta, aquí tienes lo que publica cada una y los pasos: CEAC, MasterD, Campus Training, CCC, Wall Street English, Vaughan, Kumon, Ilerna, Adams y Linkia FP.

Preguntas frecuentes

La financiera me dice que su contrato es independiente.

Lo es, pero la ley los une cuando el crédito es vinculado. Es lo que establece el art. 29.

¿Puedo pedir que me devuelvan las cuotas ya pagadas?

Las que correspondan a un servicio no recibido, sí, según lo pagado y lo recibido. Las que equivalen a clases que sí te dieron, no.

El préstamo lo pedí en un banco por mi cuenta.

Entonces no es vinculado y el banco no responde del curso. Reclamarás a la academia o a su administración concursal.

¿Me han metido en un fichero de morosos por dejar de pagar?

Dínoslo. Si la deuda es discutida y lo habías comunicado por escrito, se puede reclamar.

Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.

Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, no pagas nada.

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