Autobuses de menos de 250 km: qué derechos tienes

El autobús de Toledo a Madrid no pasó, el siguiente iba lleno y llegaste tarde al trabajo. O el de Sevilla a Cádiz salió una hora tarde sin ninguna explicación. En estos trayectos cortos la ley europea da menos derechos, pero eso no quiere decir que no puedas reclamar nada.

Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.

SALIDAS · ESTACIÓN DE AUTOBUSES09:02
HORADESTINOOBSERVACIONESDÁRSENA
09:00MÁLAGAEN HORADÁRSENA 3
09:15GRANADARETRASO 75 MINDÁRSENA 5
09:30VALENCIAEN HORADÁRSENA 1
TU AUTOBÚSBILLETE · AUTOBÚS
MadridSALIDA
→
GranadaLLEGADA
09:15PLAZA 23
RETRASADO
Ilustración de ejemplo

Por qué importan los 250 km

El Reglamento (UE) 181/2011 da derechos completos solo en los servicios regulares de autobús de 250 km o más. Cuenta la distancia del servicio completo, no la de tu tramo: si te subes a mitad de una línea Madrid-Badajoz para bajarte en Talavera, el servicio pasa de 250 km y estás cubierto.

Si el servicio entero tiene menos de 250 km (un Madrid-Toledo, un Sevilla-Cádiz, un Bilbao-San Sebastián, un interurbano de cercanías), se quedan fuera, por el reglamento europeo:

  • El 50 % extra cuando no te dejan elegir entre reembolso y otra ruta.
  • La asistencia con comida y hotel en los viajes largos.
  • La indemnización europea de hasta 1.200 € por maleta si el autobús sufre un accidente.

Ejemplos de distancias para orientarte: Madrid-Segovia, unos 90 km; Madrid-Toledo, unos 70; Bilbao-San Sebastián, unos 100; Sevilla-Huelva, unos 95. Todos por debajo.

Lo que sí tienes en cualquier autobús regular

El propio reglamento mantiene algunos derechos también en los trayectos cortos:

  • Billetes sin discriminación: no te pueden cobrar distinto por tu nacionalidad o por el país donde compras.
  • Personas con discapacidad o movilidad reducida: no se les puede negar el viaje salvo por motivos de seguridad justificados, y si la compañía daña una silla de ruedas o un equipo de movilidad debe pagar su reparación o reposición.
  • Información sobre tus derechos durante el viaje.
  • Un sistema de reclamaciones: la compañía debe tener un canal para atenderlas, y existe un organismo público que vela por estas normas.

Y lo que te da el contrato y la ley española

Que no se aplique el reglamento europeo no deja a la compañía sin obligaciones. Pagaste un billete para un viaje a una hora, y eso es un contrato:

  • Si el servicio no se presta (se cancela y no hay alternativa), tienes derecho a que te devuelvan lo que pagaste. Es la regla general de cualquier contrato que la otra parte no cumple.
  • Si tuviste gastos por su culpa (un taxi para no perder un tren, por ejemplo), puedes reclamarlos con los tiques, aunque aquí la compañía puede discutir la relación entre el fallo y el gasto.
  • Las condiciones de la propia compañía pueden darte más: muchas líneas tienen su política de devolución y de cambios publicada en su web. Léela antes de reclamar y pide lo que diga.
  • El seguro obligatorio de viajeros cubre a los pasajeros de autobús en caso de accidente con lesiones.

Ejemplos

Toledo-Madrid cancelado sin alternativa. Billete de 6 €. Te corresponde la devolución de los 6 €. Si tuviste que coger un taxi compartido de 25 € para llegar a una cita médica, puedes pedirlo también, con el tique y la cita.

Sevilla-Cádiz con 60 minutos de retraso. No hay indemnización fija por ley. Si la compañía tiene un compromiso de puntualidad en sus condiciones, pídelo. Si no, la reclamación servirá sobre todo para que conste.

Maleta rota en un Bilbao-San Sebastián. No entra el tope europeo de 1.200 € (que además es solo para accidentes), pero el daño causado por la compañía se reclama igual: fotos, aviso en la llegada y presupuesto de la reparación.

Autobuses urbanos y metropolitanos

Los autobuses urbanos (los de tu ciudad) y muchos metropolitanos dependen del ayuntamiento o del consorcio de transportes, y sus normas las fija cada uno. Para reclamar, usa la hoja de reclamaciones del autobús o de la oficina de atención, o el formulario de la web de la empresa o del consorcio.

Si prefieres reclamarlo tú

  1. Por escrito a la compañía: formulario de su web, correo de atención al cliente o la hoja de reclamaciones, que todos los negocios están obligados a tener. Pon la línea, la fecha, la hora, el billete y lo que pides. Tienes una carta en el modelo de reclamación de autobús.
  2. Si no responde o dice que no: la OMIC de tu ayuntamiento o consumo de tu comunidad, y el arbitraje de consumo si la compañía está adherida. También la Junta Arbitral del Transporte, gratis hasta 15.000 €.
  3. Juzgado: para 2.000 € o menos, sin abogado ni procurador.

Sinceramente: en un billete de 5 u 8 €, reclámalo tú. No compensa pagar a nadie. Si es un problema que se repite cada semana en tu trayecto de trabajo, o hay una maleta con un valor importante, mándanos 2 fotos y lo miramos.

Las compañías

Muchas compañías tienen a la vez líneas largas y cortas, así que en un mismo viaje puede cambiar lo que te corresponde. Mira las páginas de Alsa, Avanza, Monbus, Damas, Grupo Jiménez, La Sepulvedana y Sagalés. Y para los viajes largos, derechos del viajero de autobús.

Preguntas frecuentes

¿Mi abono mensual de autobús me da algún derecho por retrasos?

Depende de las condiciones del abono y de quién lo emita (el consorcio, la comunidad o la compañía). El reglamento europeo no da indemnización por retraso en trayectos cortos. Reclama de todas formas si los fallos se repiten: deja constancia.

¿Puedo pedir la hoja de reclamaciones al conductor?

Pide la hoja en la estación o en la oficina de la compañía, o reclama por su web. Si te dicen que no la tienen, apunta el lugar, la hora y el número de línea, y reclama por escrito igualmente.

Si mi trayecto tiene 120 km pero la línea entera tiene 400, ¿qué derechos tengo?

Los completos del reglamento, porque cuenta la distancia del servicio, no la de tu tramo.

Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.

Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, no pagas nada.

Escríbenos por WhatsApp →
Escríbenos por WhatsApp · 620 001 166
Scroll al inicio