Vuelo dentro de un viaje combinado: reglamento y Ley de viajes combinados

Reservaste una semana en Punta Cana con vuelo y hotel incluidos, en un solo pago. El avión salió con 7 horas de retraso, perdiste la primera noche de hotel y el traslado ya no estaba. Ahora no sabes a quién reclamar: a la aerolínea, a la agencia que te vendió el paquete o al mayorista.

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07:40PARÍSRETRASADOTU AEROLÍNE
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TU AEROLÍNEATARJETA DE EMBARQUE
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PUERTAB23
ASIENTO17C
RETRASADO3 h 42 min
Ilustración de ejemplo

Tienes dos vías, y se pueden usar las dos

Vía 1: la aerolínea, por el reglamento europeo. El Reglamento (CE) 261/2004 se aplica a tu vuelo aunque lo hayas comprado dentro de un paquete. La compensación de 250, 400 o 600 € por pasajero se pide a la aerolínea que opera el vuelo.

Vía 2: el organizador o la agencia, por la ley de viajes combinados. El texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores (libro IV) hace responsables del viaje al organizador y al minorista (la agencia que te lo vende). Te da derecho a:

  • Una reducción del precio adecuada por el tiempo durante el que el viaje no fue como se contrató (artículo 162.1).
  • Una indemnización por los daños que sufras (artículo 162.2), salvo que ellos demuestren que la causa fue tuya, de un tercero ajeno e imprevisible o inevitable, o de circunstancias inevitables y extraordinarias (artículo 162.3).

La ley deja claro que las dos vías conviven: la reducción o indemnización de la ley de viajes y la compensación del reglamento se deducen entre sí para evitar cobrar dos veces lo mismo (artículo 162.5).

A quién escribir primero

La ley permite dirigir la reclamación indistintamente al organizador o al minorista por los servicios del viaje (artículo 161). Quien la reciba debe tramitarla o pasarla a quien corresponda. Para el vuelo en sí, la compensación del reglamento sigue correspondiendo a la aerolínea operadora.

Una orientación práctica:

  1. Compensación del vuelo → aerolínea operadora.
  2. Noches de hotel perdidas, excursiones no disfrutadas, traslados → organizador o agencia, por la ley de viajes combinados.
  3. Reembolso si cancelan el viaje: en un paquete, el derecho al reembolso se rige por la ley de viajes combinados, y se pide al organizador o a la agencia.

Cuánto te corresponde por el vuelo

Se calcula como en cualquier vuelo, por distancia:

  • Madrid-Punta Cana, más de 6.000 km y 7 horas de retraso: 600 € por pasajero.
  • Barcelona-Tenerife Norte, unos 2.190 km, 5 horas de retraso: 400 €.
  • Madrid-Palma, unos 550 km, vuelo cancelado: 250 €.

Y por el viaje combinado, en función de lo que perdiste. Por ejemplo, si de una semana de hotel perdiste la primera noche, la reducción se calcula sobre ese periodo, no sobre el paquete entero.

Cuándo no hay derecho

  • Si el retraso fue una circunstancia extraordinaria (por ejemplo, un cierre del aeropuerto por tormenta), la aerolínea no debe la compensación del reglamento: circunstancias extraordinarias. El organizador tampoco debe indemnización por daños en circunstancias inevitables y extraordinarias, pero la reducción del precio por lo no disfrutado puede seguir.
  • Si el paquete no es combinado (reservaste vuelo y hotel por separado, aunque en la misma web) no entran los derechos de la ley de viajes combinados. Mira vuelo comprado en agencia.

Los plazos son distintos

  • Reglamento: 5 años en España.
  • Ley de viajes combinados: 2 años (artículo 169).

Si el viaje fue hace más de dos años, la reclamación al organizador puede estar prescrita aunque la de la aerolínea siga viva. Conviene reclamar ambas a la vez y pronto.

Qué necesitas para reclamar

Dos fotos: la tarjeta de embarque o la confirmación del vuelo, y el contrato o resguardo del paquete, donde conste que el vuelo iba incluido. Si perdiste noches de hotel o servicios, dinos cuáles.

Si prefieres reclamarlo tú

  1. A la aerolínea: compensación por el reglamento, con el localizador del vuelo. Modelo de reclamación.
  2. Al organizador o a la agencia: reducción de precio e indemnización por escrito, con el contrato y los justificantes. Guarda las respuestas.
  3. Si no contestan, AESA para la aerolínea (cómo reclamar a AESA) y, para el organizador, la reclamación ante consumo de tu comunidad.
  4. Si nadie paga, el juzgado: hasta 2.000 € se puede ir sin abogado ni procurador.

Preguntas frecuentes

La agencia me dice que reclame a la aerolínea y la aerolínea a la agencia. ¿Quién tiene razón?

Cada uno responde de lo suyo. La compensación fija del vuelo, la aerolínea; la reducción de precio y los daños del viaje, el organizador y el minorista, que además tienen que tramitar tu reclamación.

¿Cobro dos veces, por el reglamento y por la ley de viajes?

No: lo que cobres por una vía se descuenta de la otra cuando sea por lo mismo.

Mi paquete incluía vuelo con TUI o con Jet2. ¿Cambia algo?

El vuelo se reclama a la que lo opera (TUI, Jet2 u otra) y el resto del paquete, al organizador.

¿Y si el organizador quebró?

Los organizadores deben tener una garantía frente a la insolvencia. Si te ha pasado, cuéntanos tu caso.

Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.

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