Curenergía me cortó la luz o el gas: cuándo es ilegal y qué reclamar
Es 7 de diciembre, víspera de la Inmaculada, y a las seis de la tarde se apaga la luz de tu casa de Valladolid. Tu suministro es del precio regulado con Curenergía. Habías dejado un recibo pendiente, pero no recuerdas un aviso con una fecha. Para cortar por impago hay pasos obligatorios y días vetados, y la víspera de un festivo es uno de ellos.
Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.
Cuánto puedes recuperar
No hay una cantidad automática. Se suma lo que el corte te costó y lo que la norma obliga a pagar si el corte es injustificado.
- La reconexión no la pagas tú. Si el corte fue erróneo por la actuación de la comercializadora, esta te abona el doble de los derechos de enganche vigentes.
- Daños probados. Ejemplo: 52,10 € de comida estropeada y 40 € de una noche fuera: 92,10 € con tiques.
- Lo que te hubieran cobrado por reponer.
Cuándo sí y cuándo no
Es irregular si en una vivienda habitual de hasta 10 kW faltó algún paso: escrito de impago en los dos meses siguientes a la factura, requerimiento de pago con prueba de recepción, dos meses de espera y un segundo aviso, 15 días hábiles antes, con la fecha del corte. Esa fecha no puede ser festivo ni su víspera.
No lo es si hay fraude, manipulación del contador o una instalación peligrosa, o si el corte se debe a una avería u obra de la distribuidora.
En gas con tarifa regulada, la distribuidora debe avisar con 6 días hábiles como mínimo, esperar dos meses desde el requerimiento de pago y reponer en 48 horas desde el abono.
Lo que tienes que saber de Curenergía
Hay tres particularidades del precio regulado. La primera: las reglas de corte para hogares de hasta 10 kW se aplican por igual a quienes están en PVPC y a quienes están en mercado libre, así que el procedimiento de arriba es el tuyo. La segunda: cuando una comercializadora de mercado libre reclama un impago debe informar de que se puede pasar al PVPC o pedir el bono social; si ya estás en el PVPC, ese paso ya lo has dado. El bono social no se trata en esta web.
La tercera es específica de las comercializadoras de referencia. Pueden negarse a contratar contigo si tu contrato anterior se rescindió por impago o estás en un procedimiento de suspensión, pero en todo caso la deuda debe ser cierta, vencida y exigible. Si te cortaron por una deuda discutida, un recibo duplicado o una regularización dudosa, ese requisito te sirve para impugnarla.
Cuando pagues, el reglamento da 12 horas a la comercializadora para pedir la reconexión y 24 horas a la distribuidora para reponer, en PVPC y en hogares de hasta 10 kW. No hemos podido consultar su canal de reclamaciones; usa el de tu factura y exige el número de referencia.
Qué necesitas para reclamar
Dos fotos:
- Los avisos de impago que recibiste, o el sobre si nunca llegaron.
- La prueba del corte: captura con la hora, mensajes y tiques.
Con la fecha y el CUPS comprobamos cada paso. Somos una empresa privada, no un organismo público. Reclamar tú mismo es gratis.
Si prefieres reclamarlo tú
- Paga lo que reconozcas para recuperar el suministro y reclama por escrito a Curenergía, pidiendo la prueba de cada aviso (lo que debe darte atención al cliente).
- Pasados 15 días hábiles sin una solución, lleva el caso a la Junta Arbitral con el arbitraje de consumo. También puedes consultar a tu OMIC.
- Cuando todo lo anterior falla, puedes ir al juzgado, sin abogado ni procurador si reclamas 2.000 € o menos, después de dejar por escrito un intento de acuerdo.
Más en Reclamar a Curenergía.
Preguntas frecuentes
Me cortaron el 7 de diciembre, víspera de festivo. ¿Vale?
Si era un corte por impago, esa fecha no podía señalarse. Pide a Curenergía la fecha comunicada en el último aviso.
Pagué esta tarde y sigo sin luz.
Manda el justificante a la comercializadora y a la distribuidora. En PVPC y en hogares de hasta 10 kW, la reconexión debe hacerse en 24 horas desde que consta el pago.
¿Me pueden cortar si tengo el bono social?
Las reglas son distintas y más protectoras, pero esta web no trata el bono social. Consulta su regulación específica.
No recibí el burofax.
Si falla el primer intento, se repite a los 7 días hábiles. Deben constar los dos.
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