Código compartido: reclamar a la aerolínea que opera el vuelo

Reservaste con una aerolínea, el billete lleva su nombre y su logotipo, pero en la puerta de embarque había un avión de otra. Cuando el vuelo llega con cuatro horas de retraso, la primera te dice que «lo operaba otra compañía» y la segunda que «tu contrato es con quien te vendió el billete». Aquí va quién responde de verdad.

Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.

SALIDAS07:31
HORADESTINOESTADOVUELO
07:10MÚNICHEMBARCANDO—
07:40PARÍSRETRASADOTU AEROLÍNE
08:05LONDRESEN HORA—
08:20BERLÍNEN HORA—
TU AEROLÍNEATARJETA DE EMBARQUE
VLC✈ – – – – –CDG
SALIDA07:40
PUERTAB23
ASIENTO17C
RETRASADO3 h 42 min
Ilustración de ejemplo

Qué es el código compartido

Es un acuerdo entre aerolíneas por el que una vende plazas de un vuelo que realiza otra. En tu confirmación verás un número de vuelo de la compañía a la que compraste, y en letra pequeña algo como «operado por…». La que vende se llama aerolínea comercial; la que pone el avión y la tripulación, aerolínea operadora.

Pasa en dos situaciones muy distintas:

  • Alianzas entre grandes compañías, donde dos aerolíneas venden el mismo vuelo con sus dos números.
  • Franquicias o contratos regionales, donde una aerolínea pequeña vuela con la marca de otra. Es el caso de Air Nostrum, que opera vuelos que se venden como Iberia y van integrados en su red, según explica la propia Air Nostrum en su web.

Quién paga la compensación

El Reglamento (CE) 261/2004 pone la obligación en el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo, es decir, el operador (artículo 2.b). El artículo 3.5 añade que, si ese operador no tiene contrato contigo, se considera que actúa en nombre de quien sí lo tiene. Para ti, el resultado es sencillo:

  • La compensación de 250, 400 o 600 € por un retraso, una cancelación o un overbooking se pide a la aerolínea que opera el vuelo.
  • Que la aerolínea que te vendió el billete te remita a la operadora no es una excusa válida para no atenderte: los costes pueden repartírselos luego entre ellas (artículo 13 del reglamento), pero eso no es cosa tuya.

Para saber si te cubre el reglamento, lo que cuenta es el aeropuerto de salida y, si sales de fuera de la UE, que la operadora sea una compañía de la UE. Lo explicamos en vuelos fuera de la UE.

Cómo saber cuál es la operadora

  1. Mira la tarjeta de embarque y la confirmación: busca «operated by», «operado por» o una segunda línea con otro nombre.
  2. Fíjate en el número de vuelo: el prefijo de dos letras es de la aerolínea comercial, pero la operadora puede ser otra.
  3. Si dudas, el aviso de la propia aerolínea o la pantalla del aeropuerto suele indicar la compañía que opera.

Casos que se complican

Conexión con dos operadoras. Si en una misma reserva volaste el primer tramo con una compañía y el segundo con otra, el Tribunal de Justicia de la UE (asunto České aerolinie, 2019) ha dicho que puedes reclamar a cualquiera de las que hayan realizado algún tramo, aunque el retraso naciera en el vuelo de la otra. Más en vuelo con escala.

Compraste en una agencia. La regla es la misma: la compensación se pide a la operadora. Mira vuelo comprado en agencia.

Una operadora de fuera de la UE. Si la operadora no es europea y el vuelo sale de España, el reglamento se aplica igualmente. Si es un vuelo hacia España desde fuera de la UE, depende de la nacionalidad de la licencia de la operadora.

Ejemplos

  • Valencia-Lanzarote, unos 1.680 km, vendido por una aerolínea de red pero realizado por una regional con su propia marca: 400 € por pasajero si llega con 3 horas o más de retraso. Se reclaman a la regional que lo operó, no a la que lo vendió.
  • Málaga-Casablanca, unos 460 km, vendido con código de una compañía y operado por otra: 250 €, a la operadora.
  • Sevilla-Londres, unos 1.620 km, con escala en Madrid y cada tramo de una compañía, en una sola reserva: 400 € si llegas a Londres con 3 horas o más de retraso, y puedes dirigirte a cualquiera de las dos operadoras.

Qué necesitas para reclamar

Con dos fotos nos basta: la tarjeta de embarque o la confirmación, donde se vea el «operado por», y lo que pasó (el aviso de retraso o cancelación). Con eso miramos quién operó y a quién hay que escribir.

Si prefieres reclamarlo tú

  1. Escribe a la aerolínea operadora por el formulario de reclamaciones de su web, con el código de reserva y el número de vuelo. Copia a la comercial si quieres, para que quede constancia.
  2. Si no contesta en 1 mes o te rechaza, reclama gratis a AESA en el plazo de 1 año. Debes dirigirte a la operadora.
  3. Si no paga, queda el juzgado; en una cantidad de hasta 2.000 € puedes ir sin abogado ni procurador. Lee juicio verbal sin abogado.

Tienes 5 años para reclamar en España. Con las normas nuevas, aprobadas en 2026, el plazo bajará a 9 meses cuando empiecen a aplicarse.

Preguntas frecuentes

Mi billete era de una compañía y el avión de otra. ¿A quién le escribo?

A la que operó el vuelo. Si no sabes cuál fue, mira «operado por» en tu tarjeta de embarque o en la confirmación.

La aerolínea que me vendió el billete me dice que reclame a la otra. ¿Es verdad?

Sí, en lo que respecta a la compensación por retraso o cancelación. El reembolso del billete, en cambio, sí se puede pedir a quien te lo vendió.

¿El código compartido cambia el importe?

No. El importe depende solo de la distancia del vuelo, sea quien sea la operadora.

Volaba con una regional y la aerolínea de red dice que no es su vuelo. ¿Cambia algo?

Lo que importa es quién tuvo el avión y la tripulación. Si fue la regional, es ella quien debe la compensación aunque lleves la marca de la otra.

Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.

Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, no pagas nada.

Escríbenos por WhatsApp →
Escríbenos por WhatsApp · 620 001 166
Scroll al inicio