Objetos de valor en la maleta perdida: declaración especial de valor
Esperas junto a la cinta, la cinta se para y tu maleta no ha salido. Dentro iban el portátil de trabajo, la cámara y unos pendientes de tu madre. Cuando haces el parte, te dicen que la compañía «no responde de objetos de valor». Antes de dar nada por perdido, mira lo que dice de verdad la norma.
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Qué tope hay por maleta
El transporte aéreo de equipaje se rige por el Convenio de Montreal. Su artículo 22.2 fija un límite de responsabilidad por pasajero, no por bulto ni por objeto: 1.519 derechos especiales de giro (unos 1.900 €, según el cambio del día). Ese tope cubre de una vez la pérdida, la avería y el retraso del equipaje.
Eso significa dos cosas:
- Si en la maleta había cosas por 3.000 €, lo normal es que el máximo que puedas reclamar sea ese límite.
- Si viajabais dos con una maleta cada uno, el tope es para cada pasajero y se cuenta aparte.
La declaración especial de valor
Hay una vía para superar el tope. El mismo artículo 22.2 dice que el límite no vale si, al entregar el equipaje facturado, hiciste una declaración especial del valor que tiene al llegar a destino y pagaste, si procede, una suma suplementaria. En ese caso la compañía responde hasta el importe declarado, salvo que demuestre que es superior al valor real.
Qué tienes que saber:
- Se hace al facturar, en el mostrador. Después ya no vale.
- Cada compañía decide cómo se tramita y cuánto cobra por ello. Pregúntalo antes de facturar y pide que quede por escrito.
- Si no te dejan hacerla, guarda esa respuesta: puede servirte después.
Si llevas algo muy caro, la declaración es una opción. Otra, más sencilla, es no facturarlo: lo más valioso, en la mano.
Y el «no nos hacemos responsables»
Muchas condiciones de transporte aconsejan no facturar dinero, joyas, electrónica o medicinas, y algunas dicen que la compañía no responde de ellos. El artículo 26 del Convenio dice que cualquier cláusula que exonere al transportista o fije un límite inferior al del Convenio es nula. Por eso un aviso en la web o en el billete no impide, por sí solo, que reclames hasta el límite.
Pero ten en cuenta otra cosa. La compañía puede decir que llevar objetos valiosos en bodega fue una imprudencia, o que lo roto se debe a la propia naturaleza o a un defecto del objeto (artículo 17.2). No siempre lo consigue, pero conviene tener buenas pruebas.
Qué se puede reclamar
- Lo perdido, si la maleta no aparece. Se considera perdida cuando no llega en 21 días (artículo 17.3).
- Lo roto o abierto, si llega dañada o con cosas que faltan.
- Lo que compras mientras esperas, si llega tarde: ropa, productos de aseo, un cargador. Con los tiques.
Se indemniza el valor de lo que había, no lo que cuesta nuevo hoy. Es normal que se tenga en cuenta el uso. Las joyas y las obras de arte son más difíciles de valorar: sirven las facturas, los certificados o las tasaciones.
Cómo probar lo que llevabas
La parte más difícil es demostrar qué había dentro. Reúne todo lo que puedas:
- Facturas o tiques de compra, y las garantías de los aparatos.
- Fotos de los objetos, y del contenido de la maleta si la hiciste antes de salir.
- Una lista con lo que llevabas y su valor aproximado.
- El número de serie del portátil, del móvil o de la cámara.
- Extractos de la tarjeta si pagaste con ella.
Si tienes seguro de viaje o de hogar, mira también si cubre el equipaje: se puede reclamar a la compañía y al seguro, sin cobrar dos veces lo mismo.
Plazos que no puedes perder
- Parte (PIR) en el mostrador de equipajes del aeropuerto, antes de salir.
- Por escrito a la compañía: 7 días desde que recibes la maleta si llega dañada y 21 días desde que debió llegar si llega con retraso (artículo 31).
- Demanda: el derecho se extingue a los 2 años desde la llegada (artículo 35).
Más en maleta perdida, maleta dañada y maleta retrasada.
Ejemplos
- Barcelona-Londres, maleta perdida con un portátil de 1.100 €, un abrigo y ropa: puedes reclamar hasta el límite si lo demuestras con facturas y fotos.
- Madrid-Lisboa, la maleta llega abierta y sin la cámara: parte en el aeropuerto antes de salir y reclamación escrita en 7 días.
- Valencia-Palma, llega con retraso y compras ropa y neceser durante dos días: guarda los tiques y reclama en 21 días.
Qué necesitas para reclamar
Dos fotos: la tarjeta de embarque o la reserva y el parte (PIR). Si puedes, añade las facturas de lo que llevabas. Dinos qué había y cuánto crees que valía.
Si prefieres reclamarlo tú
- Haz el parte antes de salir del aeropuerto y guarda la copia.
- Escribe a la compañía en los plazos de 7 o 21 días, con la lista de objetos y las pruebas. Tienes un modelo en reclamar gratis por tu cuenta.
- Si no responde, la hoja de reclamaciones y la oficina de consumo, o la junta arbitral de consumo si la compañía está adherida. AESA no tramita reclamaciones de equipaje.
- Si sigue sin pagar, el juzgado. En el juicio verbal de 2.000 € o menos no hace falta abogado ni procurador.
Preguntas frecuentes
Llevaba 5.000 € en joyas en la maleta. ¿Me los pagan?
Lo normal es que el tope sea el límite del Convenio, unos 1.900 €, salvo que hubieras hecho la declaración especial de valor al facturar. Reclama igualmente con las facturas.
La compañía me dice que no responde de objetos de valor. ¿Es verdad?
No del todo. Una cláusula que rebaje el límite del Convenio es nula (artículo 26). Pero tendrás que probar lo que llevabas.
¿Cuento el valor de cada objeto o el total?
El límite es un total por pasajero. Si lo perdido suma menos, reclamas lo que valía. Si suma más, el máximo es el límite.
No tengo facturas. ¿Puedo reclamar igual?
Sí, pero es más difícil. Ayudan las fotos, los extractos de la tarjeta, los correos de compra y la lista detallada.
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