Reclamar a AESA un vuelo: cómo se hace y para qué sirve
Escribiste a la aerolínea hace más de un mes y no hay respuesta, o te han contestado con un «no» de plantilla. Antes de pensar en juzgados, hay un paso gratuito que en muchos casos obliga a la compañía: reclamar a AESA.
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Qué es AESA y qué puede hacer por ti
AESA es la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, el organismo público que en España vela por los derechos de los pasajeros de avión. Desde el 2 de junio de 2023 (Orden TMA/201/2022 y Orden TMA/469/2023) funciona además como entidad de resolución alternativa de litigios: estudia tu caso y dicta una resolución.
Lo importante: en los vuelos desde esa fecha, su resolución es vinculante para la aerolínea, que tiene 1 mes para cumplirla. Para ti no lo es: si no te convence, puedes ir al juzgado igualmente.
Para vuelos anteriores al 2 de junio de 2023, AESA solo informa: no obliga a la compañía.
Qué vuelos y qué problemas cubre
Vuelos:
- Los que salen de un aeropuerto español, con cualquier compañía.
- Los que llegan a España desde fuera de la UE con una compañía de la UE.
Problemas:
- Cancelaciones.
- Retrasos de 3 horas o más.
- Adelantos del vuelo de más de 1 hora.
- Denegación de embarque sin motivo justificado.
- Rebaja de clase.
- Problemas con la asistencia a personas con movilidad reducida.
Lo que no cubre: el equipaje. Una maleta perdida, dañada o retrasada no se reclama a AESA; va por el Convenio de Montreal, con la aerolínea y, si hace falta, en el juzgado. Más en equipaje perdido.
Los requisitos, en orden
- Primero, reclamar a la aerolínea. Por su web o por su atención al cliente, dentro de los 5 años desde el vuelo. Guarda la reclamación con la fecha: AESA te la pedirá. Las aerolíneas y los aeropuertos tienen que informarte de esta vía y facilitarte el formulario de AESA en su web y en sus mostradores.
- Esperar 1 mes, o tener ya una respuesta que no te convence.
- Reclamar a AESA en el plazo de 1 año desde tu reclamación a la aerolínea.
- No haber ido a juicio. Si ya has demandado, AESA no puede tramitar tu caso.
Cómo se presenta
En la sede electrónica de AESA, en el procedimiento de reclamaciones por cancelaciones, retrasos, denegaciones de embarque y PMR:
- Por internet, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es lo más rápido.
- Semipresencial: rellenas el formulario en la web, lo firmas a mano y lo presentas en un registro oficial.
- En papel: por correo postal, en un registro oficial, en una oficina de Correos o en un consulado español.
Qué adjuntar:
- La tarjeta de embarque o la reserva.
- Tu reclamación a la aerolínea, con la fecha.
- La respuesta de la aerolínea, si la hubo.
- Lo que demuestre el problema (avisos, capturas) y los tiques de gastos.
- Si reclamas por otros pasajeros, su autorización.
Qué pasa después
- AESA debe resolver en 90 días naturales desde que tiene toda la documentación. Se puede ampliar en casos complejos, y en su web avisa de que ahora mismo va con retraso por el volumen de reclamaciones.
- Si no resuelve en plazo, el silencio cuenta como desestimación y puedes ir al juzgado.
- Si te da la razón, la aerolínea tiene 1 mes para pagarte y acreditarlo ante AESA.
- Si no paga, puedes pedir al juzgado que ejecute directamente la resolución de AESA.
Todo el procedimiento es gratis, y puedes retirarte cuando quieras.
Ejemplo
Volaste Madrid-Gran Canaria (unos 1.765 km) en abril de 2025 y llegaste 4 horas tarde. Reclamaste a la aerolínea el 10 de mayo. El 15 de junio, sin respuesta, presentas la reclamación en la sede de AESA, pidiendo 400 €. AESA estudia el caso, pide su versión a la aerolínea y resuelve. Si te da la razón, la compañía tiene 1 mes para pagarte.
AESA o juzgado: qué conviene
| AESA | Juzgado | |
|---|---|---|
| Coste | Gratis | Sin tasa para personas físicas; hasta 2.000 €, sin abogado ni procurador |
| Equipaje | No | Sí |
| ¿Obliga a la aerolínea? | Sí, en vuelos desde el 2/6/2023 | Sí, la sentencia |
| ¿Te obliga a ti? | No | Sí |
Para un retraso o una cancelación, AESA suele ser el paso lógico antes del juzgado. Si se trata de la maleta, toca ir directamente al juzgado: mira cómo demandar a la aerolínea sin abogado.
Por compañía
AESA recibe reclamaciones contra todas las aerolíneas que vuelan desde España. Mira lo propio de cada una en Ryanair, Vueling, Iberia, Air Europa, Binter y Volotea.
Si prefieres no hacerlo tú
Puedes hacerlo tú, gratis, siguiendo esta guía y el modelo de reclamación. Si prefieres no preocuparte de plazos, formularios ni certificados, mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo ir a AESA sin haber reclamado antes a la aerolínea?
No. La reclamación previa a la compañía es obligatoria, y AESA te pedirá que la acredites.
¿Sirve AESA para un vuelo de Londres a Madrid con British Airways?
No, porque llega a España desde fuera de la UE con una compañía que no es de la UE. Para ese vuelo, mira vuelos con Reino Unido.
¿Qué pasa si AESA me da la razón y la aerolínea no paga?
Tiene 1 mes para cumplir. Si no lo hace, puedes pedir al juzgado la ejecución de la resolución de AESA.
¿Tengo que tener certificado digital?
No es obligatorio. Puedes presentarla en papel, por registro, en Correos o en un consulado.
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