Demandar a una aerolínea sin abogado: el juicio verbal hasta 2.000 €
La aerolínea ha rechazado tu reclamación, AESA no ha servido o el vuelo es anterior a junio de 2023, y la compensación es de 250 o 400 €. Contratar a alguien para ir al juzgado se comería buena parte del dinero. Por eso la ley deja una vía abierta para estas cantidades: ir tú mismo.
Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.
Qué dice la ley
La Ley de Enjuiciamiento Civil permite comparecer por uno mismo, sin procurador (artículo 23.2) y sin abogado (artículo 31.2), en los juicios verbales cuya cuantía no exceda de 2.000 euros. En esos juicios puedes presentar una demanda sucinta con un impreso normalizado, que encuentras en el juzgado o en su sede electrónica (artículo 437.2).
Para una compensación de vuelo, esto cubre:
- Un pasajero con un vuelo de hasta 1.500 km (250 €) o de más (400 o 600 €).
- Varios pasajeros, mientras la suma no pase de 2.000 €: reclamar por varios pasajeros.
Antes de ir: lo que el juzgado te va a pedir
Desde el 3 de abril de 2025 (Ley Orgánica 1/2025), la demanda no se admite si no acompañas el documento que acredite que intentaste antes un acuerdo cuando la ley lo exige (artículo 403.2). En la práctica:
- Reclamación escrita a la aerolínea, con fecha y prueba de envío. Es lo que deja constancia del intento.
- Si la hubo, la respuesta de la aerolínea o la constancia de que no contestó.
- Si pasaste por AESA, su resolución.
Paso a paso
- Reúne las pruebas: tarjeta de embarque o reserva, la reclamación y su respuesta, y cualquier prueba del retraso (captura de la app, correos).
- Rellena el impreso: tus datos y los de la aerolínea, el domicilio donde pueden notificarla, qué pides (la cantidad) y los hechos fundamentales.
- Elige el juzgado: el Tribunal de Justicia de la UE (asunto Rehder, 2009) permite al pasajero demandar ante los tribunales del lugar de salida o del de llegada del vuelo, a su elección. Si saliste de Valencia, puedes ir a Valencia.
- Presenta la demanda con las copias. Se admite y se da traslado a la aerolínea.
- La vista: el juzgado cita a las partes. Llevas tus documentos y explicas lo ocurrido. Allí, para los casos de circunstancias extraordinarias, la aerolínea es la que tiene que probarlas.
- La sentencia: si te da la razón, condena a pagar la compensación y puedes pedir también los intereses.
Qué riesgos tiene
Conviene saberlo antes de decidir:
- Costas: según el artículo 394, las costas de la primera instancia se imponen a quien ve rechazadas todas sus pretensiones, salvo que el juez vea dudas serias. Sin abogado ni procurador por medio, los gastos a pagar suelen ser menores, pero existen.
- Tiempo: son meses entre la demanda y la sentencia.
- La aerolínea irá con representación profesional, y tú por tu cuenta. Por eso conviene tener los papeles claros.
Cuándo no sirve el juicio sin abogado
- Si la cantidad supera los 2.000 €, por ejemplo, una familia de seis a Tenerife (6 × 400 = 2.400 €), ya no vale este trámite sencillo: tendrías que ir con representación profesional.
- Si quieres recurrir la sentencia, también necesitas esa representación.
Ejemplos
- Madrid-Londres Stansted, unos 1.300 km, 4 horas de retraso, compensación de 250 €: cabe en el juicio verbal sin abogado.
- Barcelona-Tenerife Norte, unos 2.190 km, 400 € por pasajero, 4 personas: 1.600 €, cabe.
- Madrid-Nueva York, unos 5.760 km, 600 € por pasajero, 4 personas: 2.400 €, no cabe.
Qué necesitas para reclamar con nosotros
Si prefieres no llegar al juzgado, mándanos 2 fotos: la reserva o la tarjeta de embarque y la respuesta de la aerolínea si ya la tienes. Te lo reclamamos y te decimos cómo va.
Si prefieres reclamarlo tú
- Antes de demandar, reclama por escrito a la aerolínea y, si procede, a AESA. Usa el modelo de reclamación.
- Si no hay pago, pasa al impreso de demanda del juicio verbal con las pruebas.
- Para guiarte en los pasos previos, mira la aerolínea no contesta.
Tienes 5 años para reclamar en España. Con las normas nuevas, aprobadas en 2026, el plazo bajará a 9 meses cuando empiecen a aplicarse.
Preguntas frecuentes
¿De verdad puedo ir sin abogado ni procurador?
Sí, si lo que reclamas no pasa de 2.000 euros. Para cantidades mayores hay que ir con representación profesional.
¿Puedo demandar a una aerolínea extranjera?
Sí. Puedes hacerlo en España ante el juzgado del lugar de salida o de llegada del vuelo, aunque la aerolínea tenga la sede fuera.
¿Qué pasa si pierdo?
Puedes ser condenado a pagar las costas de la aerolínea, que sin abogado ni procurador suelen ser menores. Por eso conviene tener claro el caso.
¿Cuánto tarda?
Depende del juzgado. Cuenta con varios meses.
Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.
Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, no pagas nada.