Fitness Park cerró el centro o cambió las condiciones: devolución
Tu Fitness Park cierra por obras, o te llega la notificación de que sube la cuota. Las condiciones de la cadena contienen bastantes reglas sobre estos casos, y varias te favorecen: suspender cuotas cuando el servicio falta, resolver sin penalización si te suben el precio, o seguir de socio aunque cambie el rótulo.
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Cuánto puedes recuperar
Depende de lo que haya ocurrido:
- Suspensión total o sustancial del servicio: las cuotas del periodo afectado se suspenden o se ajustan proporcionalmente, según el apartado de fuerza mayor.
- Subida de precio que no aceptas: puedes resolver el contrato sin penalización antes de que entre en vigor, y reclamar lo cobrado de más si te la aplicaron sin avisar.
- Cierre prolongado del club: la parte proporcional de la cuota de los días sin servicio.
- Prepago: la parte no disfrutada, si el contrato se extingue por causa de fuerza mayor.
Ejemplo: tu cuota es de 29,95 € cada cuatro semanas y el club permanece cerrado seis semanas. La suspensión proporcional supone 29,95 × 6 ÷ 4 = 44,93 € de cuota que no deberías pagar.
Cuándo sí y cuándo no
Sus condiciones llaman fuerza mayor a los acontecimientos imprevisibles o inevitables que impidan o limiten sustancialmente el servicio: catástrofes, incendios, inundaciones, epidemias, huelgas generales no imputables a la empresa, cierres administrativos, restricciones de aforo y, expresamente, obras obligatorias o de fuerza mayor que imposibiliten temporalmente la apertura. En esos casos pueden suspender el servicio sin resolver el contrato, pero la cuota del periodo afectado se suspende o se ajusta.
Tu reclamación es sólida si:
- hubo un cierre total o sustancial y siguieron cobrando la cuota entera;
- te subieron la cuota sin avisarte treinta días antes;
- te cambiaron las condiciones sin tu aceptación.
Es más débil si el cierre fue parcial y el resto del club funcionaba, o breve y avisado. Los cierres por obras de mejora que no sean obligatorias no se citan como fuerza mayor: ahí rige la regla general de que no pagas por un servicio que no se presta (art. 62.3 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios).
Lo que tienes que saber de Fitness Park
Lo propio de su contrato:
- Horarios. No podrán modificarse injustificadamente, y los cambios se comunican por la web, por correo o por las redes del club, incluidos los cierres por obras.
- Cambios de precio. Pueden modificarlo por razones objetivas (costes operativos, mejoras sustanciales, cambios normativos, actualización de tarifas), con un aviso mínimo de treinta días naturales que indique el nuevo importe y la fecha. Si no aceptas, puedes resolver sin penalización alguna antes de que entre en vigor.
- Cambio de marca. Dentro de Upgyms Iberia, un cambio de rótulo no es causa para rescindir ni se puede usar para subir las condiciones económicas.
- Rescisión por el club. Puede rescindir con cuatro semanas de preaviso por correo si no tienes permanencia, o en cualquier momento por incumplimiento tuyo, con causa objetiva y notificada.
- Lesión grave. Suspensión del contrato y de las cuotas con certificado médico, cuando la incapacidad dura al menos tres meses.
La ley refuerza la regla del precio: las cláusulas que permiten a la empresa modificar el contrato sin motivos válidos especificados en él son abusivas (art. 85.3). Aquí sí están especificados, así que lo que cuenta es que se cumpla el aviso.
Para el coste de irte antes, mira permanencia de Fitness Park; y para los cobros posteriores a la baja, Fitness Park me sigue cobrando.
Qué necesitas para reclamar
Con dos fotos empezamos:
- El aviso: el correo del club, la nota de la web o la foto del cartel de cierre.
- El recibo donde se ve el cobro del periodo afectado, o la cuota nueva.
Anota los días en que no pudiste acceder.
Si prefieres reclamarlo tú
- Escribe al correo del club y a Upgyms Iberia con las fechas, y pide por escrito la suspensión o el ajuste de las cuotas, o la resolución sin penalización si es un cambio de precio. Usa el modelo de carta.
- Deja constancia en la hoja oficial del club y, a falta de respuesta, lleva el caso a OMIC.
- Si el cobro fue domiciliado, el banco debe devolverlo cuando lo solicitas antes de ocho semanas; mira devolución de recibos.
- Para importes de hasta 2.000 €, se litiga en juicio verbal sin abogado ni procurador, una vez hecho el intento de acuerdo que exige la ley.
Preguntas frecuentes
¿Pueden cerrar el club por obras y seguir cobrando?
Si la suspensión es total o sustancial, sus condiciones dicen que las cuotas del periodo se suspenden o se ajustan proporcionalmente. Si siguen cobrando, reclámalo.
Me suben la cuota. ¿Puedo irme?
Sí, antes de que entre en vigor el nuevo precio, y sin penalización, si te lo notificaron con treinta días de antelación y no lo aceptas.
¿Cambiar el nombre del gimnasio me permite darme de baja?
Según sus condiciones, no por sí solo: el cambio de rótulo dentro de Upgyms Iberia no es causa de rescisión.
¿Qué hago si el club cierra para siempre?
Pide la baja sin penalización por escrito y la devolución de lo cobrado desde el cierre; el Código Civil permite resolver un contrato cuando la otra parte no cumple (art. 1124).
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