Te llevó la grúa en Málaga: cómo reclamar la tasa y la multa

Aparcas en la calle, vuelves y no está. En Málaga la retirada del vehículo depende de Smassa, la Sociedad Municipal de Aparcamientos y Servicios, y de una ordenanza que el Ayuntamiento está actualizando. Antes de pagar, conviene saber qué se cobra y cómo se discute.

Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.

NOTIFICACIÓN DE DENUNCIAEXP. 2026-…
Hecho denunciadoEstacionamiento
Importe90,00 €
Plazo para alegaciones20 días

Puede abonar la sanción con una reducción del 50 % en los 20 días naturales siguientes…

RECURRIBLE
Ilustración de ejemplo

Quién presta el servicio y qué cobra

La grúa la presta Smassa como una prestación patrimonial pública no tributaria, regulada por una ordenanza que contempla la retirada de vehículos en cualquier espacio de uso público y su traslado al depósito municipal. Smassa tiene el teléfono general 952 06 01 04, que sirve para preguntar dónde está tu vehículo.

En su propuesta de ordenanzas para 2026, el Ayuntamiento anunció una actualización de las tarifas, a falta de la aprobación definitiva. Según esa propuesta:

  • Retirada de automóviles y vehículos de tres o cuatro ruedas: 82,64 euros. Motos y vehículos de una o dos ruedas: 24,79 euros.
  • Desenganche: 61,98 euros para automóviles y 14,87 para motos.
  • Estancia en el depósito: 12,39 euros por día para automóviles y 4,13 euros para motos.

Las tarifas actuales eran más bajas. Comprueba en el depósito cuáles se te aplican a ti, y pide factura.

Cómo se recupera el vehículo

Según la sede, hay que acudir al depósito donde está, identificarse con el DNI, pagar la tasa (la retirada y los días de estancia) y recibir la factura. La sede indica que contra la liquidación se puede presentar recurso de reposición ante el Alcalde en un mes. No hemos podido comprobar la dirección del depósito ni su horario: pregunta a Smassa o a la Policía Local.

La ley deja claro que los gastos de la retirada son del titular y se pagan antes de recuperar el coche, sin perjuicio del derecho de recurso (art. 105.2 LSV). Es decir, pagar no te cierra la puerta a reclamar.

Cuándo sí y cuándo no

Puedes reclamar cuando:

  • No había señal de prohibición, o estaba tapada, o no había aviso de obras.
  • Tenías el tique o el distintivo y se llevaron el coche igualmente.
  • Te cobraron una tarifa que no era la tuya (por tipo de vehículo) o días de estancia de más.
  • La retirada se hizo en un caso que la ley no prevé como supuesto de retirada.

Es más difícil si tu coche estaba en un vado, un carril reservado o impedía el paso, con la señal visible. La LSV prevé la retirada en esos casos (art. 105.1).

Recuerda que la ordenanza del aparcamiento deja a salvo la tasa de la grúa: estar al día con la ORA no te libra de pagarla cuando la retirada es correcta.

Qué necesitas para reclamar

Dos fotos:

  • La factura o recibo del depósito, con el importe y la fecha.
  • Una foto del lugar, con la señal o la falta de señal.

Con eso miramos si la retirada era procedente y qué puede recuperarse. No podemos asegurarlo.

Si prefieres reclamarlo tú

  1. Recupera el vehículo, paga y pide la factura detallada.
  2. Si crees que hubo un error, presenta el recurso de reposición ante el Alcalde dentro del mes, indicando la liquidación y los motivos.
  3. Presenta aparte las alegaciones contra la multa (si la hay) por la sede, con el trámite correspondiente, antes de que acaben los 20 días. Lo explicamos en las alegaciones.
  4. Si no te estiman, queda la vía judicial. Mira el recurso de reposición para la parte de la multa.

Los demás casos de la ciudad están en las multas en Málaga y en la multa de aparcamiento.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si tengo el coche meses en el depósito?

Pasados dos meses desde la retirada sin alegaciones del titular, la Administración puede enviarlo a un centro de tratamiento de vehículos (art. 106 LSV).

¿La retirada incluye vehículos de movilidad personal?

Según la propuesta de ordenanza, las tarifas incluyen también los vehículos de movilidad personal de tres, cuatro, una o dos ruedas.

¿Me tienen que avisar?

La LSV obliga a comunicar la retirada al titular en 24 horas, por la Dirección Electrónica Vial si la tiene (art. 105.3).

Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.

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