No me devuelven la señal de una cocina, ventanas o muebles a medida
Pagaste 3.360 € de señal por una cocina de 8.400 €, el plazo de entrega pasó y la tienda ya no contesta; o te echaste atrás y ahora te dicen que la señal «no se devuelve». Hay dos situaciones distintas, y la solución es diferente en cada una. Primero hay que saber quién incumple y qué firmaste.
Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.
Cuánto puedes recuperar
Lo que se reclama es la cantidad entregada a cuenta, y en algunos casos el doble:
- Si la tienda no entrega, o entrega algo distinto de lo pactado, puedes resolver el contrato y pedir lo pagado. En el ejemplo, 3.360 €.
- Si en el contrato se habla de «arras» y es el vendedor quien se echa atrás, el Código Civil prevé que devuelva la señal duplicada (art. 1454): 6.720 €. Depende de cómo esté escrito el documento: «arras» no es lo mismo que «pago a cuenta» o «anticipo».
- Si eres tú quien desiste de una compra con arras, lo normal es perderlas. Con un simple pago a cuenta es distinto: la tienda tendría que justificar qué pérdida real le has causado antes de quedarse con nada.
Además, si hubo daños (por ejemplo, tuviste que contratar a un fontanero dos veces), se pueden pedir aparte con sus justificantes.
Cuándo sí y cuándo no
Tu petición tiene más recorrido si:
- el plazo de entrega venía fijado y pasó, y la tienda no dio una fecha nueva;
- te enviaron algo que no es lo que firmaste (otro color, otras medidas, otra calidad);
- el documento de la señal dice «anticipo» o «pago a cuenta», no «arras»;
- la tienda ha cerrado, o ha dejado de responder, sin devolver lo pagado.
Es más complicado si:
- eres tú quien se arrepiente y el documento habla de arras o de un pedido ya fabricado a medida;
- el retraso es tuyo (no abriste la obra, no estaba lista la pared) y por eso no se pudo instalar;
- en la propia tienda firmaste que renuncias a la devolución, sin otra causa.
Un detalle importante: en las compras online o fuera de la tienda hay 14 días para desistir, pero no para los productos hechos a medida o claramente personalizados (art. 103 c) del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). Y si compraste en el propio establecimiento, no existe ese derecho legal. Pero eso no convierte la señal en intocable cuando el que falla es el vendedor.
Qué dice la ley
- Plazo de entrega. Si no se pacta otro, el vendedor entrega los bienes como máximo a los 30 días del contrato. Si no cumple, le das un plazo adicional razonable y, pasado ese plazo, puedes resolver (art. 66 bis de la ley de consumidores).
- Cláusulas que no valen. Es abusiva la cláusula por la que el vendedor retiene lo que pagaste si renuncias, sin una indemnización equivalente si renuncia él, o la que le deja quedarse con lo pagado por algo que aún no ha hecho cuando es él quien resuelve (art. 87, apartados 2 y 4).
- Resolver por incumplimiento. Es la regla general del art. 1124 del Código Civil, con daños e intereses.
- Si pagaste online, y la tienda no entrega, el reembolso tiene que llegar «sin demora»; si se retrasa sin motivo, puedes reclamar el doble (art. 110, contratos a distancia).
Qué necesitas para reclamar
Con dos fotos empezamos:
- El presupuesto o el pedido, con la señal, las medidas y la fecha de entrega.
- El justificante del pago de la señal (recibo, transferencia, extracto de la tarjeta).
Si hay mensajes con la tienda sobre el retraso, guárdalos.
Si prefieres reclamarlo tú
Reclamar por tu cuenta no te cuesta dinero, y nosotros, una empresa privada, no hacemos pasar por oficial lo que es opcional.
- Envía un escrito a la tienda: cita el documento, la fecha de entrega pactada y que resuelves el contrato si no te dan una fecha en 10 días. Puedes usar el modelo de carta.
- Si no hay respuesta, manda un burofax con la petición de devolución de la señal.
- Haz una hoja de reclamaciones en el establecimiento o acude a la oficina de consumo de tu comunidad.
- En el juicio verbal de 2.000 € o menos no hace falta abogado ni procurador, y antes se acredita el intento de acuerdo previo.
Preguntas frecuentes
¿«Señal» y «arras» son lo mismo?
No necesariamente. El nombre que le pongan en el papel pesa mucho. Si pone «arras», se aplica la regla de perderlas o devolverlas dobladas; si es un anticipo, es parte del precio.
La tienda quebró. ¿Pierdo la señal?
Puedes comunicar tu crédito en el concurso, pero ahí cobras después de otros acreedores y con retraso. Si pagaste con tarjeta o con un préstamo que ofrecía la tienda, mira también esas vías.
Me dicen que el mueble ya está fabricado. ¿Eso les permite quedarse con la señal?
Solo si el incumplimiento es tuyo. Si el retraso o el defecto es de ellos, esa excusa no sirve.
¿Cuánto tiempo tengo?
Para reclamar una obligación contractual, 5 años (art. 1964 del Código Civil). Aun así, si la tienda cierra, actuar pronto ayuda.
Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.
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