Reclamar a Securitas Direct: permanencia, baja y cobros de la alarma
Contrataste la alarma para dormir tranquilo y ahora lo que te quita el sueño es el contrato: dos años que no recordabas, una baja que no se confirma o un recibo que llega cuando ya te habías ido. Si eso te suena, aquí tienes lo que dicen sus propias condiciones y lo que puedes reclamar.
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Qué es Securitas Direct
Securitas Direct España, S.A.U. instala alarmas conectadas a una central receptora y cobra una cuota mensual por el mantenimiento y la vigilancia. Su web de bajas explica que en España la marca ya se presenta como Verisure, y añade que el cambio de nombre no modifica por sí mismo las condiciones particulares de tu contrato. Por eso, si tu papel dice «Securitas Direct», sigues con la misma empresa.
Como servicio de seguridad privada, la ley exige que el contrato conste por escrito (art. 9 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada). Y como tú eres consumidor, se le aplica la ley de consumidores, con una regla que viene bien recordar: puedes poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebraste, sin cargas desproporcionadas (art. 62.3), y si hay penalización por irte antes de la permanencia, tiene que ser proporcional a los días que faltan (art. 62.5).
Tres rasgos de sus condiciones de hogar merecen una lectura:
- La duración inicial es de dos años «de obligado cumplimiento», y luego se prorroga cada año salvo aviso por escrito con 30 días de antelación.
- Cada 1 de enero revisa el precio con el IPC, y puede además actualizarlo por costes tecnológicos o normativos; si no estás de acuerdo con esta segunda actualización, el contrato te deja darte de baja con un mes de aviso desde la primera factura nueva.
- El equipo es suyo hasta que se cumplan los pagos y termine el servicio, según el contrato, aunque su web de bajas habla del dispositivo como tuyo. Si te importa, mira qué dice tu documento.
Qué se le reclama más a Securitas Direct
Los problemas se reparten en tres grupos, cada uno con su guía:
- Permanencia: cuánto puedes tener que pagar si te vas antes de los dos años y cuándo la penalización es discutible.
- La baja que no se tramita: pediste la baja y siguen cobrando, o te dicen que nunca la recibieron.
- Cobros tras la baja: recibos posteriores a la fecha efectiva, importes «pendientes» que no entiendes.
Cómo se le reclama
La baja y las consultas se canalizan por el teléfono y el correo electrónico que publica en su página de baja, y el contrato menciona además la dirección postal de su sede. Para una queja, lo importante es que quede escrita y con fecha: las empresas deben responder a las reclamaciones en un máximo de 15 días (art. 21.3 de la ley de consumidores) y darte un justificante de que la has presentado (art. 21.2).
Si no te contesta, puedes poner una hoja de reclamaciones o acudir a la oficina de consumo. Sus condiciones remiten, para un cliente consumidor, al juzgado de su domicilio. No hemos podido comprobar que esté adherida al arbitraje de consumo; la Junta Arbitral de tu comunidad lo puede confirmar.
Qué necesitas para reclamar
Con dos fotos empezamos: la primera hoja del contrato o las condiciones particulares (dónde figura la permanencia) y el recibo o el justificante de baja que muestre el problema. Somos una empresa privada de reclamaciones y reclamar por tu cuenta es gratis, así que si lo prefieres puedes seguir los pasos de abajo.
Si prefieres reclamarlo tú
- Pide por escrito el cálculo detallado de lo que te reclaman y la cláusula que lo respalda.
- Reclama los recibos que no corresponden con una carta de reclamación y guarda el justificante.
- Si pagas por domiciliación, tu banco devuelve los recibos de un adeudo SEPA durante 8 semanas; mira cómo en devolución de recibos.
- Presenta una hoja de reclamaciones y, si hace falta, un burofax.
Preguntas frecuentes
¿Securitas Direct y Verisure son la misma empresa?
En España, su propia web explica que Securitas Direct ahora es Verisure y que el cambio de marca no modifica las condiciones particulares de tu contrato.
¿Puedo desistir si acabo de firmar?
Sí: sus condiciones reconocen 14 días naturales desde la celebración del contrato, con un modelo de formulario en su web. Si la contratación se hizo en tu casa sin que lo pidieras, la ley amplía el plazo a 30 días (art. 102).
¿Puedo pedir la baja por teléfono?
Su web de bajas indica un teléfono y un correo, pero el contrato habla de escrito con identificación. Haz las dos cosas y guarda el justificante.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Cinco años para las obligaciones contractuales (art. 1964 del Código Civil), aunque conviene reclamar cuanto antes para tener las pruebas frescas.
Qué le puedes reclamar
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