Tratamiento de Caredent financiado: qué hacer si no se presta

Cuando firmaste en Caredent, te explicaron una cuota mensual y la aprobación llegó en minutos. Meses después, el tratamiento no avanza y el recibo sigue entrando en tu cuenta. Lo que debes saber es si ese crédito te sigue obligando y qué puedes pedir a la entidad.

Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.

PRESUPUESTO DEL TRATAMIENTOFIRMADO
Total presupuestado2.400,00 €
Plazo4 semanas
CONTRATO DE FINANCIACIÓN
Importe financiado2.400,00 €
TratamientoSIN TERMINAR
NO ES LO PACTADO
Ilustración de ejemplo

Cuánto puedes recuperar

Se reclama lo ya pagado por la parte no prestada y se pide detener lo pendiente.

  • Tratamiento de 5.400 € financiado en 54 cuotas de 100 €. Llevas 20 cuotas (2.000 €). Si la clínica no ha hecho nada, reclamas esos 2.000 € y que no te cobren las 34 cuotas restantes (3.400 €).
  • Si se hizo una fase valorada en 1.500 € en el presupuesto, la devolución es de 500 €, que es la diferencia entre lo pagado y lo ejecutado; el resto de cuotas se ajustan al trabajo realizado.
  • Comisión de apertura, si la hubo: se reclama junto con el resto cuando el crédito se resuelve por incumplimiento.

Cuándo sí y cuándo no

Caredent publica que el tratamiento y la financiación son «procesos independientes». Para la ley, el criterio es otro: es crédito vinculado el que sirve exclusivamente para financiar un servicio concreto y forma con él una unidad comercial. En ese caso, si el servicio no se presta o no es conforme, y ya reclamaste a la clínica sin éxito, puedes exigir a la entidad lo mismo que a la clínica (art. 29 de la Ley 16/2011). Puedes pedir la anulación del crédito y la devolución de lo pagado, total o parcial, según el propio Ministerio de Consumo.

  • Sí: la entidad financió directamente a la clínica, el contrato del crédito alude al tratamiento y fue la clínica quien te lo ofreció.
  • No: si el dinero llegó a tu cuenta como un préstamo personal. Entonces el préstamo sigue y se reclama la devolución a la clínica. El Consejo General de Dentistas lo explica así.
  • Con matices: si el crédito lo pediste tú a tu banco por tu cuenta, tampoco es vinculado.

Lo que tienes que saber de Caredent

Su web cita tres entidades para financiar: Abanca Servicios Financieros, Banco Cetelem y Kutxabank, con plazos de hasta 60 meses. Lo normal es que la entidad que figure en tu contrato sea una de ellas. Puedes ver su ficha en Abanca, Cetelem o Kutxabank.

Según la web, la documentación para pedir el crédito es el DNI, un justificante de ingresos y el recibo bancario, y la aprobación llega pronto. Dice que se pueden hacer amortizaciones parciales o totales con comisiones «bajas o nulas, según la entidad». Si piensas cancelar el crédito por tu cuenta, consulta antes si eso afecta a tus derechos por lo no prestado.

La web no publica la TAE ni el importe mínimo, y tampoco habla de qué pasa si el tratamiento se interrumpe. Esa información está en el contrato de la entidad, que debe constar por escrito.

Reclama primero a la clínica, con un burofax o un correo con acuse. Después, a la entidad, con esa prueba. Si no responde en un mes o te dice que no, el Banco de España tramita tu queja gratis.

Qué necesitas para reclamar

Dos fotos: el contrato del crédito y el plan de tratamiento o presupuesto de Caredent. Añade los recibos pagados. Dinos de qué entidad es el crédito.

Si prefieres reclamarlo tú

  1. Escribe a la clínica pidiendo cumplir o devolver lo no prestado. Guarda copia.
  2. Con esa copia, reclama a la entidad financiera y pide suspender las cuotas.
  3. Banco de España, si no hay respuesta.
  4. Consumo u OMIC para la clínica.
  5. El juzgado es el último paso. En el juicio verbal de hasta 2.000 € no hace falta abogado ni procurador, pero sí haber probado un acuerdo previo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo dejar de pagar la cuota de Abanca, Cetelem o Kutxabank?

No de golpe. Comunica por escrito el incumplimiento de la clínica a la entidad y pide la suspensión. Si impagas sin más, pueden reclamarte la deuda.

Mi clínica cerró y el crédito sigue vivo.

Es justo el caso que protege la ley en los créditos vinculados. Reclama a la entidad con la prueba de que la clínica cerró.

La entidad dice que el tratamiento y el crédito son contratos separados.

La ley mira el vínculo real, no solo el papel. Si el crédito financia solo ese tratamiento y lo ofreció la clínica, puede ser vinculado.

Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.

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