Sector Alarm me sigue cobrando la alarma tras la baja
Ya no tienes la alarma activa, pero tu banco muestra otro cargo de Sector Alarm. Antes de reclamar conviene saber qué estás mirando: un error, un recibo que cubre un periodo en el que aún tenías servicio o una factura emitida antes de la baja.
Solo pagas cuando ganamos. Si no ganamos, la gestión te sale gratis.
Cuánto puedes recuperar
Se reclama todo recibo cuyo periodo de servicio empieza después de la fecha efectiva de tu baja. El cálculo es sencillo:
- Anota la fecha efectiva que te confirmaron, o la de tu solicitud si no te la dieron.
- Mira qué periodo cubre cada factura. Sector Alarm factura por mes por defecto, pero puede hacerlo por trimestre, semestre o año.
- Descuenta lo que sí corresponde: el servicio hasta esa fecha y, si te fuiste dentro de la permanencia, lo que te pidan por ella (mira la guía de permanencia).
Un ejemplo con factura trimestral: pagaste 117 € por tres meses de servicio, de enero a marzo, y la baja es efectiva a finales de enero. Has pagado dos meses de más, 78 €. Esa cantidad es reclamable porque la ley dice que, al terminar un contrato de duración continuada, no puedes perder las cantidades abonadas por adelantado ni pagar servicios no prestados (art. 62.3 de la ley de consumidores).
Los importes son un ejemplo para explicar el método. Los tuyos están en tus facturas.
Cuándo sí y cuándo no
Hay base para reclamar si:
- hay constancia de la baja o puedes reconstruirla;
- el recibo cubre un periodo posterior;
- pagaste por adelantado un periodo largo y la baja llegó antes de que terminara.
El cobro puede ser legítimo si:
- corresponde a un periodo anterior a la fecha efectiva;
- se trata de una penalización por permanencia o de un equipo pendiente de pago, según tu contrato;
- la baja no llegó a quedar registrada y el contrato sigue vigente.
Lo que tienes que saber de Sector Alarm
- El calendario de cobro. La factura llega por correo unas dos semanas antes de la fecha de cobro, y el recibo se carga en la fecha de vencimiento de la factura. Si la baja se pide dentro de esas dos semanas, es posible que el cargo ya esté en marcha.
- Frecuencia de pago. Según su web, pagar por trimestre, semestre o año no cambia el coste. Pero sí cambia lo que puedes reclamar tras la baja: cuanto mayor es el periodo prepagado, mayor es la cantidad que queda sin disfrutar.
- Cuenta bancaria. Para cambiar de cuenta piden un documento SEPA firmado por el titular. Si cambiaste de cuenta después de la baja, comprueba qué cuenta sigue recibiendo cargos.
- Equipos. Su web dice que la propiedad del sistema depende del tipo de contrato y que, si aplica, se pondrán en contacto para retirar el equipo. Si no te contactan, pídelo por escrito: un equipo sin retirar es la excusa más habitual para que siga la facturación.
- Datos que no conocemos. No publican las condiciones del contrato, así que no podemos decirte qué importes pueden quedar pendientes tras la baja. Pide un desglose por escrito.
Qué necesitas para reclamar
Con dos fotos empezamos: la prueba de la baja (correo, captura del chat o carta) y el extracto o la factura con el cobro posterior. Si no tienes prueba, sirve cualquier registro de que dejaste el servicio, como una fecha de desinstalación.
Si prefieres reclamarlo tú
Es gratis. Somos una empresa privada de reclamaciones y solo actuamos si nos lo pides.
- Escribe a atención al cliente con los cargos y la prueba, y pide la devolución. Usa el modelo de carta. Deben contestar en un máximo de 15 días (art. 21.3).
- En un adeudo domiciliado, tu banco debe devolverlo si lo pides en 8 semanas (RDL 19/2018); es posible hasta 13 meses si no estaba autorizado. Lo explica devolución de recibos.
- Si no hay respuesta, hoja de reclamaciones y oficina de consumo.
- Hasta 2.000 € no hace falta abogado ni procurador en el juicio verbal; antes, el intento de acuerdo previo.
Preguntas frecuentes
Pagué un año por adelantado y me di de baja a los cuatro meses. ¿Qué me corresponde?
Pide la devolución de los meses no disfrutados, descontando lo que sea legítimo, como una penalización por permanencia. La ley impide perder lo abonado por adelantado por servicios que no se prestan.
Me llega una factura de un mes en el que ya no tenía servicio. ¿La pago?
No sin revisar el periodo. Si la factura cubre un periodo posterior a la baja, reclámala por escrito antes del vencimiento.
¿Puedo devolver el recibo en el banco?
Sí, durante 8 semanas desde el cargo si es un adeudo domiciliado. Antes deja por escrito que discutes el cobro.
¿Cuánto tengo para reclamar?
Cinco años (art. 1964 del Código Civil). Reclama pronto para no perder facturas y mensajes.
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