Prosegur Alarms no tramita la baja de la alarma
Rellenaste el formulario de la web, hablaste con alguien que te dijo que «lo iba a pasar a administración» y, un mes después, la cuota sigue saliendo. No tienes correo, ni número de gestión, ni respuesta. La baja es un trámite que la ley ampara, pero solo se prueba si queda constancia: aquí te explicamos cómo conseguirla cuando el canal no está claro.
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Cuánto puedes recuperar
Lo reclamable son las cuotas que se te cobran desde la fecha efectiva de la baja. Esa fecha depende de tu contrato: en las alarmas es habitual un preaviso de 30 días, pero compruébalo en el tuyo. Con esa fecha en la mano, la cuenta es sencilla.
Un ejemplo: pides la baja el 5 de febrero y el preaviso es de 30 días, así que se hace efectiva el 7 de marzo. La cuota de 38,90 € de principios de marzo cubre un mes de servicio, pero las de abril, mayo y junio no tendrían que haberse cobrado: 116,70 €. Si no hubo ninguna constancia de tu llamada, lo que se discute no es el importe sino la prueba.
Cuándo sí y cuándo no
Estás bien situado si:
- conservas el correo, la captura del formulario o el justificante de la llamada, aunque sea el registro del teléfono;
- tienes la respuesta de alguien de la empresa que confirma o menciona la baja;
- el titular fue quien pidió la baja.
Es más difícil si:
- la petición se hizo a través de un comercial y no hay nada por escrito;
- la persona que llamó no es la titular;
- la baja se comunicó dentro de la permanencia y el contrato exige un procedimiento concreto.
Lo que tienes que saber de Prosegur Alarms
Hay tres cosas útiles y una advertencia.
Lo útil:
- La ley (art. 62.3) permite poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebraste. Si lo firmaste en una visita comercial o desde un formulario web, la baja por un canal equivalente no debería encontrar obstáculos.
- El art. 62.4 obliga a que el contrato diga expresamente cómo se da de baja. Si el tuyo no lo detalla, es un argumento a tu favor.
- Las empresas deben darte un justificante por escrito de cada queja o reclamación, con una clave identificativa (art. 21.2), y contestar en 15 días como máximo (art. 21.3).
La advertencia: la web de Prosegur no publica un procedimiento de baja de las alarmas de hogar, y sus condiciones generales no están a la vista. No hay un teléfono ni un correo de baja que podamos citar como oficial. Por eso conviene usar dos canales a la vez: el que figure en tu contrato y un correo o un burofax que deje fecha cierta.
En los contratos de alarma es habitual que el equipo se arriende o se retire al terminar. Pregunta, por escrito, cómo y cuándo se desinstala, y deja constancia de que lo pediste. Si el contrato es del portal Movistar Prosegur Alarmas, lo que dice sobre la devolución del equipo está en su guía de baja.
Qué necesitas para reclamar
Con dos fotos empezamos: cualquier prueba de que pediste la baja (correo, captura del formulario, factura de teléfono con la llamada) y el recibo cobrado después. Si no tienes nada, cuéntanos cuándo y cómo la pediste y quién te atendió.
Si prefieres reclamarlo tú
Hacerlo directamente no cuesta nada; nosotros, una empresa privada de reclamaciones, solo entramos si tú lo decides.
- Escribe a la dirección o al correo que figure en tu contrato. Indica nombre, DNI, dirección de la instalación, la fecha en que pediste la baja y cómo.
- Reenvía lo mismo por burofax: da fecha cierta aunque no contesten.
- Si domicilias los recibos, tu banco puede devolverlos durante 8 semanas (mira devolución de recibos).
- Presenta una hoja de reclamaciones y acude a consumo si no hay respuesta.
Preguntas frecuentes
¿Basta con dejar de pagar los recibos?
No. Devolver recibos sin pedir la baja no la sustituye, y puede dar lugar a una reclamación de deuda. Primero la baja por escrito.
¿Y si me hizo la gestión el comercial?
Pídele que te la confirme por correo. Si no, reenvíala tú. El contrato es con la empresa, no con el comercial.
¿Tiene que ir el técnico a retirar el equipo?
Depende del contrato. Pregunta por escrito y, si hay cita, guarda la confirmación.
¿Cuánto tarda en hacerse efectiva?
Lo fija tu contrato. Lo habitual es un preaviso de 30 días, pero comprueba el tuyo.
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