Multa de la zona de bajas emisiones de Madrid: cómo recurrirla
Una cámara te fotografió entrando por una calle de Madrid, y semanas después llega una multa de 200 euros por circular por la zona de bajas emisiones. Tu coche no tiene etiqueta, o la tiene, pero no sabías que aquella calle estaba restringida. Esta multa tiene además una historia judicial detrás, y conviene conocerla antes de decidir.
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Puede abonar la sanción con una reducción del 50 % en los 20 días naturales siguientes…
Qué es la ZBE de Madrid y qué prohíbe
Madrid ZBE abarca todas las vías públicas urbanas del municipio. Desde el 1 de enero de 2025 prohíbe circular a los vehículos con etiqueta ambiental «A» (sin etiqueta). Hay excepciones, como las personas con tarjeta de movilidad reducida dadas de alta y los vehículos históricos. Además, dentro de la ZBE hay dos zonas de especial protección (ZBEDEP), Distrito Centro y Plaza Elíptica, con restricciones más estrictas según el distintivo.
Desde las 00:00 del 7 de abril de 2026, fuera de esas dos zonas especiales, hay un régimen transitorio: pueden circular temporalmente los turismos «A» domiciliados en Madrid de forma ininterrumpida desde el 1 de enero de 2022, y los «A» que no son turismos, mientras se cumplan los valores límite de dióxido de nitrógeno. Si en alguna estación se superan esos valores, la Junta de Gobierno puede declarar extinguido el régimen transitorio, y la sanción se aplicaría a partir de seis meses desde la publicación del acuerdo en el BOCM.
Cuánto cuesta
La circulación indebida se tipifica como infracción grave del artículo 76.z3 de la LSV, con multa de 200 euros, o 100 si pagas en el plazo de pronto pago. Es una infracción grave sin pérdida de puntos. El Ayuntamiento indica que acceder sin permiso a la ZBE es una infracción de tráfico desde el 21 de marzo de 2022.
Lo que pasó con la ordenanza
Esta es la parte que conviene conocer. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la ordenanza anterior que había creado la ZBE, porque no se valoró bien el impacto económico sobre los ciudadanos. El Tribunal Supremo rechazó el recurso del Ayuntamiento, según informó la OCU en abril de 2026. Por eso en marzo de 2026 el Ayuntamiento aprobó una nueva ordenanza, la Ordenanza 2/2026, que modifica la de 2018 y es la que está en vigor.
Qué significa eso para tu multa, según la OCU:
- No se anulan todas automáticamente.
- La situación es más favorable si la multa está recurrida y el expediente sigue abierto.
- Si pagaste sin recurrir, recuperar el dinero es más complicado y habría que plantear la nulidad de pleno derecho.
- Las multas basadas en la normativa actual pueden seguir imponiéndose.
Cuándo sí y cuándo no
Tiene sentido alegar si:
- La infracción es anterior a abril de 2026 y se basa en la ordenanza anulada, sobre todo en las zonas Distrito Centro o Plaza Elíptica.
- Estabas dentro de una excepción: tarjeta de movilidad reducida dada de alta, vehículo histórico, vehículo autorizado, o domiciliado en Madrid desde antes del 1 de enero de 2022 (en el régimen transitorio).
- La cámara leyó mal la matrícula o la fecha no cuadra.
Es más difícil si tu vehículo sin etiqueta no está en ninguna excepción y la multa es posterior a la nueva ordenanza. En ese caso, el pago con el 50 % (100 €) suele ser lo más razonable.
Qué necesitas para reclamar
Dos fotos:
- La notificación de la multa, con el número de expediente, la matrícula y la fecha de la infracción.
- El documento que acredita tu situación: la etiqueta, el permiso de circulación con el domicilio en Madrid, o la tarjeta de movilidad reducida.
Con eso miramos qué texto estaba en vigor en la fecha de tu multa y si hay una excepción que te cubra. No se puede prometer resultado.
Si prefieres reclamarlo tú
- Cuenta 20 días naturales desde la notificación. Hay una guía en las alegaciones.
- Presenta las alegaciones en el Registro Electrónico del Ayuntamiento, indicando la fecha de la infracción y la excepción que te ampara. Aporta los documentos.
- Si te imponen la sanción, el recurso de reposición va después, en un mes.
- Para decidir si pagas con descuento, mira pagar o recurrir.
Para el resto de multas de la ciudad, está la guía de Madrid.
Preguntas frecuentes
¿Mi coche con etiqueta B puede circular por Madrid?
La prohibición general de la ZBE en las vías de la ciudad afecta a los vehículos con etiqueta «A». Las restricciones de las zonas especiales dependen del distintivo, y conviene mirar las condiciones concretas de cada zona en la web del Ayuntamiento.
¿Puedo pedir que me devuelvan una multa ya pagada?
La OCU señala que es más difícil y que habría que plantear la nulidad de pleno derecho. Si estás en este caso, cuéntanoslo y miramos si tiene recorrido.
¿Cuánto tiempo tengo para pagar con descuento?
Veinte días naturales desde la notificación, con la multa a 100 euros. Pagar supone renunciar a alegar, así que decide antes de que acabe el plazo.
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