Multas en Sevilla: aparcamiento, grúa y zona de bajas emisiones y cómo recurrirlas

En Sevilla quien instruye tus multas de tráfico no es la Policía Local, sino la Agencia Tributaria de Sevilla. Lo que ocurre en la calle, una denuncia de un agente, de un controlador de la zona azul o de una cámara, acaba en un departamento de gestión de sanciones con sus propios plazos.

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NOTIFICACIÓN DE DENUNCIAEXP. 2026-…
Hecho denunciadoEstacionamiento
Importe90,00 €
Plazo para alegaciones20 días

Puede abonar la sanción con una reducción del 50 % en los 20 días naturales siguientes…

RECURRIBLE
Ilustración de ejemplo

Cómo es el procedimiento sevillano

Pueden denunciarte ciudadanos, agentes de la Policía Local y controladores de la zona de estacionamiento regulado. Si no te notifican en el acto, la notificación llega después y desde ese día tienes 20 días naturales. Tienes tres opciones:

  • Pagar con el 50 %, lo que supone renunciar a alegaciones y recursos, y la sanción es firme desde el pago.
  • Presentar alegaciones y pruebas, lo que te hace perder el descuento.
  • Identificar al conductor, cuando la infracción es grave o muy grave con pérdida de puntos y el que conducía no eras tú.

El órgano instructor es el Departamento de Gestión de Sanciones de la Agencia Tributaria, que eleva la propuesta a la Gerencia, y esta dicta la resolución. Las denuncias de los agentes tienen presunción de veracidad, que puedes desvirtuar con pruebas. Contra la resolución cabe un recurso de reposición en un mes, ante el mismo órgano, que no suspende la ejecución.

Dónde se presentan los escritos

Las alegaciones y los recursos se pueden presentar en el Registro electrónico del Ayuntamiento, a través de la sede (sede.sevilla.org), o de forma presencial en las oficinas municipales de asistencia en materia de registro. La Agencia Tributaria publica un modelo normalizado de alegaciones a sanciones de tráfico.

Las tres multas más habituales

Qué necesitas para reclamar

Dos fotos:

  • La notificación de la multa, con el número de expediente, la matrícula y la fecha en la que la recibiste.
  • Lo que pruebe tu versión: el tique de la zona azul, una foto del lugar, el resguardo de la grúa.

Con eso contamos los 20 días, miramos qué se puede alegar y preparamos y presentamos el escrito. No se puede prometer que se anule.

Si prefieres recurrirlo tú

  1. Descarga el modelo de alegaciones de la Agencia Tributaria de Sevilla y rellénalo con tus datos y el número del expediente.
  2. Añade tus pruebas, y si no conducías, identifica al conductor con su nombre, domicilio y número de permiso.
  3. Regístralo en la sede electrónica o en una oficina de registro dentro de los 20 días. Una guía para organizarlo está en las alegaciones.
  4. Si llega una resolución desfavorable, dispones de un mes para el recurso de reposición. Y si pagaste con descuento, el plazo para ir a los juzgados es de dos meses desde el pago. Lo ves en pagar o recurrir.

Preguntas frecuentes

¿Quién tramita la fase de cobro?

La fase ejecutiva corresponde al Departamento de Recaudación y Relaciones con el Contribuyente de la Agencia Tributaria. Si te llega una providencia de apremio, mira el embargo por multa.

¿Qué significa que las denuncias tengan presunción de veracidad?

Que lo que dice el agente se da por cierto salvo que lo contradigas con pruebas. Por eso conviene aportar fotos, tiques o testigos desde las primeras alegaciones.

¿Cuánto tarda en caducar el expediente?

Si pasa un año desde la incoación sin resolución definitiva, caduca. Las infracciones leves prescriben a los 3 meses y las graves y muy graves a los 6.

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