¿Ha prescrito tu multa de tráfico? Plazos de 3 meses y de 6 meses

Te llega una notificación por una infracción de hace meses y piensas: esto ya debería haber prescrito. A veces es así. Otras veces la prescripción se interrumpió sin que te enteraras, y el reloj volvió a empezar. Conviene hacer las cuentas con fechas en la mano.

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NOTIFICACIÓN DE DENUNCIAEXP. 2026-…
Hecho denunciadoEstacionamiento
Importe90,00 €
Plazo para alegaciones20 días

Puede abonar la sanción con una reducción del 50 % en los 20 días naturales siguientes…

RECURRIBLE
Ilustración de ejemplo

Los tres relojes distintos

La LSV maneja tres plazos diferentes, y es común mezclarlos (art. 112):

RelojDuraciónCuándo empieza
Prescripción de la infracción3 meses (leves) y 6 meses (graves y muy graves)El mismo día en que ocurrieron los hechos
Caducidad del procedimiento1 añoDesde que se inicia el procedimiento
Prescripción de la sanción4 años (multa)El día siguiente a la firmeza

La prescripción de la infracción

Si la infracción es leve, la Administración tiene tres meses para actuar contra ti. Si es grave o muy grave, seis. Los meses se cuentan desde el día en que se cometió la infracción.

Pero ese reloj se interrumpe, y esto es lo que más confunde. La prescripción se interrumpe por:

  • Cualquier actuación administrativa de la que tengas conocimiento.
  • Cualquier actuación que persiga averiguar tu identidad o tu domicilio y se practique con otras administraciones, instituciones u organismos.
  • La notificación hecha por los medios que prevé la LSV (en el acto, en la DEV, en el domicilio o en el BOE).

Y reanuda su curso si el procedimiento se paraliza más de un mes por una causa que no sea tuya.

Un ejemplo con fechas: te hacen una foto con un radar el 10 de enero y la infracción es grave (seis meses). La notificación debería llegar, como muy tarde, hacia el 10 de julio. Si el 3 de abril te llega por la DEV, la prescripción se interrumpe ese día. A partir de ahí no vale decir que «ya han pasado seis meses desde la foto».

La caducidad del procedimiento

Si el procedimiento sancionador empieza y pasa un año sin que se dicte resolución, caduca y se archiva (art. 112.3). Esto sirve cuando el expediente se queda parado. Si hay un proceso penal por los mismos hechos, el plazo se suspende y se reanuda cuando la sentencia sea firme.

La prescripción de la sanción

Una vez firme la sanción, la Administración tiene cuatro años para exigir el pago de la multa (art. 112.4). El cobro en vía de apremio sigue las reglas de la normativa tributaria. Lo explicamos en el embargo por una multa que no conocías.

Cuándo sí y cuándo no

Merece la pena alegar prescripción cuando:

  • Las fechas de infracción y notificación están separadas por más de tres o seis meses, según la gravedad, y no hay actuaciones intermedias que conozcas.
  • La primera notificación que recibes es de un apremio y no hay constancia de notificación de la denuncia.
  • El expediente lleva parado más de un mes por causa de la Administración.

Es más difícil si hubo una notificación válida en plazo, aunque no la hayas leído. Mira cuándo se considera notificada una multa en la notificación que no te llegó.

Qué necesitas para reclamar

Dos fotos:

  • La notificación o la providencia que recibes, con la fecha de la infracción y el número de expediente.
  • La fecha en la que la viste por primera vez: un correo, un SMS, el sobre.

Con eso comparamos fechas y miramos si el plazo corre a tu favor.

Si prefieres reclamarlo tú

  1. Apunta la fecha de la infracción y la de la primera notificación.
  2. Resta: si pasan más de tres meses (leve) o seis (grave y muy grave) sin actuaciones, puede estar prescrita.
  3. Pide el expediente para ver las fechas de cada actuación.
  4. Alega prescripción por escrito en el plazo de 20 días naturales. Mira cómo en las alegaciones.

Preguntas frecuentes

¿Prescribe una multa si no la pago?

No por sí sola. Una multa firme tarda cuatro años en prescribir, y ese plazo se interrumpe por las actuaciones de cobro.

¿Puedo alegar prescripción después de pagar con descuento?

No en vía administrativa: pagar con descuento supone renunciar a alegar y la sanción es firme desde ese día.

¿Cuenta que me llegue un aviso en el parabrisas?

El aviso del parabrisas no sustituye a la notificación, pero la actuación administrativa de la que tengas conocimiento sí puede interrumpir la prescripción. Si tienes dudas, déjanos mirar las fechas.

¿Hay prescripción en las multas de ayuntamientos?

Los mismos plazos del art. 112 se aplican a las infracciones de tráfico en vías urbanas porque el alcalde aplica la LSV.

Mándanos 2 fotos y te lo reclamamos.

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